BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 28/11/2008

N° 529.- ESCRITURA PUBLICA NUMERO QUINIENTOS VEINTINUEVE.- CESION DE DERECHOS SOCIALES OTORGADA POR DON ENRIQUE ERNESTO ROCA A FAVOR DE DOÑA LORENA GABRIELA BELEIZAN.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a veintisiete de octubre del año dos mil ocho, ante mí, Pablo Alfredo Benítez, Escribano Público autorizante, Adscripto al Registro número dos, comparecen, por una parte, los cónyuges en segundas nupcias, Don ENRIQUE ERNESTO ROCA, argentino, D.N.I. número 10.853.778, martillero, y Doña CONSTANZA MARTINOLI, argentina, D.N.I. Nº 21.612.604, domiciliados legalmente en calle Güemes número novecientos sesenta y cuatro, de esta Ciudad; y por la otra, Doña LORENA GABRIELA BELEIZAN, argentina, D.N.I. Nº 25.931.392, casada en primeras nupcias con Hugo Carlos Vogel, de treinta y tres años, estudiante, domiciliada en calle Azcuénaga número cincuenta y cuatro, de Barrio Higuerillas, Alto La Viña, jurisdicción de esta Capital; ambos son mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fe, y el primeramente nombrado, con el consentimiento expreso de su cónyuge, dice: Que, cede y transfiere a favor de Doña Lorena Gabriela Beleizan, el cincuenta y uno por ciento de la totalidad del capital social, que tiene y le corresponde en la razón social “R.V. CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, constituida según contrato privado celebrado el día veintiséis de diciembre del año dos mil seis, que fuera inscripto en el Registro Público de Comercio, de esta Provincia, al Folio cuatro, Acta número cuatro, del Libro III de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y bajo Asiento número sesenta y tres, al Folio quinientos veintiuno barra quinientos treinta y cinco, del Legajo XII, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha treinta y uno de agosto del año dos mil siete, copia del cual agrego al legajo de comprobantes de este protocolo a mi cargo, doy fe.- Por lo tanto, realiza esta cesión a favor de Doña Lorena Gabriela Beleizan, con arreglo a derecho, por el precio de SESENTA Y NUEVE MIL PESOS, que ha recibido de la cesionaria, con anterioridad, mediante la entrega en propiedad de una máquina terminadora de asfalto “Cyber”, con motor Bedford, por lo que, en consecuencia, le otorga formal carta de pago y la subroga en los expresados derechos societarios, colocándola en su lugar, grado y prelación.- Doña Lorena Gabriela Beleizan acepta la cesión en las condiciones referidas, añadiendo que la cesionaria se hace cargo proporcionalmente del activo y del pasivo de la sociedad mencionada.- Previa lectura y ratificación, los otorgantes firman esta escritura, en la forma de estilo y por ante mí, lo certifico.- Sigue a la de Hipoteca.- Hay tres firmas ilegibles.- Está mi sello: P. BENITEZ.- CONCUERDA con su matriz que pasó ante mí, al folio mil noventa, en el protocolo del corriente año, a mi cargo, Sección A., doy fe.- Para la CESIONARIA expido esta primera copia en dos hojas repuestas con el sellado de ley, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 11 de noviembre de 2008.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

28 NOV. LIQ. Nº 77402 $ 52,70.-