BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 14/11/2008

Dra. Maria C. G. C. de Puch- Juez del Tribunal de Familia Vocalía Nº III de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-185727/08 caratulado: “DIVORCIO VINCULAR HECTOR MARCIAL AVILA c/ EULOGIA TRANSITO VALDEZ”, se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 08 de Abril del 2008.- Por presentada a la Dra. Maria Eugenia Nally, como representante legal del Sr. Hector Marcial Avila. Admítase la presente demanda de DIVORCIO la que tramitara de conformidad al procedimiento de Juicio Ordinario (art. 370 del C.P.C.). Confiérase traslado de la demanda a la SRA. EULOGIA TRANCITO VALDEZ por el término QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciera (art. 298 del C.P.C.). Intímasela para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de tres Kms. del asiento de este Tribunal de Familia Vocalía Nº III, sito en General Paz Nº 625, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.) Notifíquese.- Fdo. Dra. Maria del C.G.C. de Puch- Juez- Ante mi Dra. Sandra Ramírez- Secretaria.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial, en un diario local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 29 de Octubre del 2008.-

14/17/19 NOV. LIQ. Nº 77065 $ 20,50.-