BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 07/11/2008

Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial nº 4 Secretaría nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. B-172977/07 caratulado Ejecutivo: Bonino, Carlos Eduardo c/ Calizaya, Esperión. Notifíquese mediante EDICTOS que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del quinto día de la última publicación, a la parte demanda Sr. ESPERION CALIZAYA, D.N.I.: 12.639.249, del proveído de fs. 08. “San Salvador de Jujuy, 30 de octubre de 2006. Téngase por presentado al Dr. MAXIMILIANO RODRIGO DANIEL QUISPE, en nombre y representación del Sr. CARLOS EDUARDO BONINO, a mérito del poder general para juicios que en fotocopia juramentada acompaña, por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y cca. del CPC, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. Esperión Calizaya, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UNO ($ 771,00) en concepto de capital reclamado con mas la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON TREINTA CENTAVOS ($ 231,30) presupuestada para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo para que en el término de CINCO DIAS contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 4, Secretaría nº 7, a oponer excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por igual término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (art. 52 del idem). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso. Notifíquese. Fdo. Dr. Roberto Siufi: Juez. Ante mi Dra. Mariana del Valle Drazer: Secretaria.- Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 27 de mayo de 2008. Dra. Olga B. Pereira, Secretaria.-

05/07/10 NOV. LIQ. Nº 76977 $ 20,50.-