BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 03/11/2008

Dr. Norberto Costamagna, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, en el Expte. NºA-39037/08, caratulado “Concurso Preventivo solicitado por Fernández María J.” hacer saber que se ha dictado la siguiente resolución: “Pedro de Jujuy, Octubre 29 del 2008.- AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:…Y CONSIDERANDO:…RESUELVO: I.- Declarar la apertura del Concurso Preventivo de María J. Fernández (D.N.I. Nº 25.776.052), con domicilio real en pje. 1, dpto. Nº 821, 3er Piso B del Bº Bernacchi de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de este pronunciamiento, el que tramitará por las normas aplicables a lo pequeños Concursos ( art. 288, 289cctes. de la Ley 24.522).II.- Fijar Audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, que será elegido sobre la base del listado pertinente correspondiente al Juzgado, para el día 25 de Noviembre del 2008, a hs. 10, en la Secretaria de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de San Salvador de Jujuy. III.- Establecer que el día 26 de Febrero del 2009 vencerá el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Sindico. Establecer que el día 16 de Abril del 2009 deberá la Sindicatura presentar los informes individuales y que el día 21 de Mayo del 2009, deberá dicho órgano presentar el informe Gral. IV.- Ordenar la Publicación de Edictos en la forma y por el plazo dispuestos por el art. 27 de la Ley 24.522 en el Boletín Oficial de Jujuy y en un Diario de circulación Local. V.- Ordenar al deudor que mantenga los libros legales denunciados en la sede de la administración hasta tanto la Secretaria interviniente se constituya a los fines dispuestos por el inc. 5 del art. 14 de la ley 24.522, lo que deberá ocurrir dentro del plazo de tres días de notificado la presente resolución. VI.- Librar Oficio a la Secretaria única a cargo del Registro Público de Comercio, ordenándole la anotación de la Apertura del Concurso en el Registro de Concursos y requerir informes a dicha repartición sobre la existencia de Concursos o Quiebras anteriores. VII.- Disponer la Inhibición Gral. Para vender o Gravar bienes registrables de la Concursada y librar Oficios al Registro Inmobiliario, del Automotor y Prendario para la anotación de dicha medida. VIII.- Intimar a la Concursada para que dentro de los tres días de notificada deposite en el Juzgado y Secretaria del Concurso la suma de Pesos Trescientos ($300), que se estima provisoriamente para responder a los gastos de correspondencia. IX.- Citar a los interesados a la Audiencia informativa prevista en el inc. 10 del art. 14 de la Ley 24.522, la que se realizará el día 13 de Agosto del 2009 en sede de este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17 a las hs. 8,00 y, en concordancia fijar el plazo de vencimiento del período de exclusividad en el día 20 de Agosto del 2009. X.- Ordenar al Remisión a este Juzgado y Secretaria de todos los Juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra de la Concursada. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial contra la concursada, por causa o Título anterior a la presentación, en los términos y con las salvedades previstas en el art. 21 de la Legislación Concursal. Librar los respectivos Oficios. XI.- Correr vista al Síndico, por el plazo de 10 días desde la aceptación del cargo, para que se pronuncie expresamente sobre los puntos consignados en el art. 14 inc. 11 (LCQ conforme redacción Ley 26.086). XII.- Hacer saber al Síndico las Obligaciones y cumplimientos de los informes mensuales que ordena el art. 14, inc. 12 (LCQ conforme redacción Ley 26.086). XIII.- Agregar copia en autos, notificar, hacer saber a la excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy, protocolizar.- Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna, Juez, ante Mí Dra. Liliana F. Pellegrini, Secretaria. “

San Pedro de Jujuy, 29 de Octubre de 2008.-

03/05/07/10/12 NOV. LIQ Nº 76972 $ 29,50.-