LEY Nº 2611

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2611
ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno comprendido en los siguientes límites y dimensiones: al Norte con Escuela Normal por donde mide 70,40 mt.; al Sud con calle Tucumán por donde mide 70,40 mt.; al Este con propiedad del Sr. Francisco Zamar por donde mide 44,23 mt.; y al Oeste con calle Jujuy por donde mide 44,23 mt. Todo lo cual hace un total de 3.113,79 mt.; ubicado en Libertador General San Martín, Dpto. Ledesma que figura en Catastro en el Padrón E 976 Manzanall, asentado en Libro 1 Folio 326 Asiento 306, de propiedad del Sr. Francisco Zamar o de quienes resulten ser sus legítimos propietarios, para ampliación de la Escuela Normal y construcción de su campo de deportes.
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será imputado al Anexo I Inciso Ii Item I Partida 2 de la Ley Nº 2566/60 de Presupuesto General y Cálculo de Recursos.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIOENS, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Agosto de 1961.-
VICENTE RAMON CORTE
Pro-Secretario
JULIO CESAR FOSSATI
Presidente