BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 22/10/2008
DRA. MARIA DEL C.G.C. DE PUCH – JUEZ DE TRIBUNAL DE FAMILIA – VOCALIA III en los autos caratulados B-161704/06 SEPARACION PERSONAL POR MAS DE TRES AÑOS: GONZALEZ AIZA, FRANCISCA C/ FLORES, LUCIO; se hace saber la siguiente providencia de fs 45: S.S. DE JUJUY, 15 de Septiembre de 2008: I.- Téngase por presentada la Dra. Gabriela Fernanda Vega, por parte y por constituido domicilio legal, en representación de la Sra. Francisca Gonzalez Aiza, a mérito del poder General para Juicios que acompaña.- II.- Admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR, la que se tramitará de conformidad al Juicio Ordinario (art.370 C.P.C.).- III.- A la documentación, agréguese y téngase presente para su oportunidad.- IV.- Confiérase traslado de la demanda al accionado Sr. LUCIO FLORES por el término de QUINCE DIAS, con las copias respectivas y en el domicilio denunciado, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado sino lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- V.- Intímeselo para que en igual termino constituya domicilio dentro de los tres km. del asiento de este Tribunal de Familia Vocalia III, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de ley, todas las resoluciones posteriores (art.52 del C.P.C.).- Fdo. Maria del C.G.C. de Puch- JUEZ- ante mi Dra. Sandra Ramírez. SECRETARIA.- A tales efectos publíquense EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.-
17/20/22 OCT. LIQ. Nº 76854 $ 20,50.-








