LEY Nº 2607

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2607
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, con carácter
de donación, a nombre de la Biblioteca Popular “BARTOLOMÉ MITRE” de
Humahuaca y para sede de la misma, el inmueble fiscal individualizado
como Lote Nº 1 de la Manzana 25 (Padrón J-208) del pueblo de
Humahuaca.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIOENS, SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de Agosto de 1961.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
JULIO CESAR FOSSATI
Presidente
Es Copia.-