BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/2008
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B- 182.692/08 caratulado: “EJECUTIVO: FARFAN, JUSTINO c/ DIAZ, DIEGO MARCELO” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco Dias, para cuyo paso el termino del emplazamiento comenzara a correr a partir del Quinto Día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. DIEGO MARCELO DIAZ, D.N.I. Nº 16.682.111, del proveído a fs. 09.-: “San Salvador de Jujuy, 09 de FEBRERO del 2008.-Tengase por presentado a la Dr./a SONIA MABEL FARFAN, en nombre y representación del Sr. JUSTINO FARFAN, a mérito del Poder General para Juicios que en fotocopia juramentada acompaña, por constituido domicilio legal y por parte.- De conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 y cca. Del C.P.C., líbrese mandamiento de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO en contra del demandado Sr./A . DIEGO MARCELO DIAZ, en el domicilio denunciado por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ ($210,00).- Concepto de capital reclamado con mas la suma de PESOS SESENTA Y TRES ($63,00), presupuestada para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto del pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo, requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo para que el termino de CINCO DIAS, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo de llevarse adelante la presente ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo termino, intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. Del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del item. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ANTE MI Dra. Olga B. PEREIRA. SECRETARIA. Es copia.- Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.-
San Salvador de Jujuy, 15 de Agosto de 2008.- Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER, Secretaria.-
29 SEP. 01/03 OCT. LIQ. Nº 75858 $ 20,50.-








