BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 01/10/2008

EL Dr. JOSE LUIS CARDERO- Juez del Juzgado de 1º Instancia Civil y Comercial nº 1, Secretaría nº 2, en el Expediente Nº B-164944/06 caratulado “Ejecutivo: ELSA ROSA NIEVE c/ JAVIER SANCHEZ”, procede a notificar los siguientes decretos: Decreto de fs. 9: “SAN SALVADOR DE JUJUY 28, de Febrero de 2007. 1.- Avócase el suscripto al conocimiento de la presente causa. 2.- Por presentada la Dra. Sonia Mabel Farfán, por constituido domicilio legal y por parte, como apoderada de la Sra. Elsa Rosa Nieve, a mérito de la Carta Poder que se manda a agregar a la presente causa. 3.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472,478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. JAVIER SANCHEZ, mandamiento de pago, ejecución y embargo, por la suma de PESOS: DOSCIENTOS VEINTE ($220,00.-) en concepto de capital, con la suma de PESOS: SESENTA Y SEIS ($66,00.-) calculada para responder a accesorios legales, intereses y costas de presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndose la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio de los acreedores, y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. En el mismo acto, córrasele TRASLADO, por el término antes mencionado del pedido de intereses, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- 4.- Al efecto, comisiónese al Señor Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Asimismo intímase a la demanda, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado, bajo aparecimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 5.-….- 6.- Notifíquese. FIRMADO DR. JOSE LUIS CARDERO, Juez, ante mi Dra. M. JOSEFINA VERCELLONE, Prosec. Técnico Judicial. Firma habilitada”. Decreto de fs. 24: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de Junio de 2.008. Atento el estado de la causa y lo solicitado e el escrito que antecede, notifíquese el decreto de fs. 9 mediante edictos… Notifíquese art. 154 del CPC. FIRMADO DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ, Juez por habilitación, ante mi Dra. Martina Cardarelli, Secretaria.” –Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 28 de Agosto del 2008 –

29 SEP. 01/03 OCT. LIQ. Nº 75859 $ 20,50.-