BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 26/09/2008
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, Secretaría nº 4, en el expte. B-184690/08, caratulado “JOSE ALBERTO RAMIREZ C/ JORGE JALED”, se notifica por este medio al demandado JORGE JALED, el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE MAYO DE 2008. Atento a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente en contra del demandado JORGE JALED, en consecuencia líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en su contra por la suma de PESOS NOVECIENTOS ($900) en concepto de Capital, con mas la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, hágase saber que el embargo preventivo trabado sobre la parte indivisa de JORGE JALED, de inmueble individualizado como Parc. 33, Mza. 507, Secc. 20, Circ. 1, Padrón A-68399, con Dominio en Matrícula A-12052 y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 2 Secretaría nº 4 (Independencia esq. Lamadrid) bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem. Asimismo, notifíquese la providencia, mediante la publicación de edictos, haciéndole saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. A tal fin, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de cinco días. Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT; Juez. Ante mi, Esc. SILVIA TABBIA, Secretaria”.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de septiembre de 2008.-
24/26/29 SEP. LIQ. Nº 75769 $ 20,50.-








