BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 19/09/2008

N° 174 – ESCRITURA NUMERO CIENTO SETENTA Y CUATRO – CESION CUOTAS SOCIALES EFECTUADA POR MONICA PATRICIA VILLEGAS Y OTROS A FAVOR DE CARMEN ROSA MAMANI – En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, Republica Argentina a los sietes días del mes de Abril del año dos mil ocho ante mi. CESAR RICARDO FRIAS, Escribano Publico Autorizante Titular del Registro treinta y seis de esta ciudad, comparecen por una parte don MONICA PATRICIA VILLEGAS, argentino, Documento Nacional de identidad 24850681 CUIT 23-24850681-4, soltera, domiciliada en calle los tulipanes ciento setenta del barrio Alto Pálpala, accidentalmente de esta ciudad; GRACIELA NOEMÍ TOLAY, argentina Documento Nacional de Identidad 18522965, CUIL 27-18522965-9, soltera, domiciliada en calle Álvarez Prado setecientos veintiocho departamento B de Cuyaya de esta ciudad; GLADYS CRISTINA GALIAN, argentina Documento Nacional de Identidad 24556279, CUIL 27-24556279-4, soltera domiciliada en lote ocho, manzana setenta y uno de las doscientas viviendas de alto comedero de esta ciudad y por la otra parte los hace doña CARMEN ROSA MAMANI, argentina , Documento Nacional de Identidad 22461979 CUIL 27-22461979-6, casada en primeras nupcias con Oscar Miguel Julián, domiciliada en avenida libertador sin numero de Yala Departamento Doctor Manuel Belgrano, personas hábiles , mayores de edad de mi conocimiento, doy fe Como que doña Mónica Patricia Villegas, Graciela Noemí Tolay, Gladys Cristina Galian, por este acto ceden y transfieren a favor de Carmen Rosa Mamani, la totalidad de las cuotas sociales , que tienen y les corresponden en la razón social INSTITUTO NUEVA ESPERANZA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, según el contrato privado de la institución de sociedad de fecha primero de febrero del año dos mil e inscripta en el Registro Publico de Comercio al folio 150/151, asiento 144, del libro II de SRL del Registro de Escrituras Mercantiles de esta provincia , doy fe. – En consecuencia las cedentes ceden transfieren a favor de la cesionaria las cuotas sociales que tienen y les corresponden a la fecha , sin cargo que incluye el establecimiento Instituto Nueva Esperanza S.R.L alguno con todos los bienes que componen su patrimonio conformados por sus muebles , útiles y elementos de enseñanza que conoce y acepta la cesionaria , en cuya posesión material se encuentra , subrogándola en consecuencia en todos los derechos que tienen y les corresponden en la citada sociedad , colocándola en el mismo lugar , grado y prelación que tenían antes de ahora , manifestando la adquiriente que sabe , conoce y acepta el estado de la misma , sin nada que reclamar en ningún aspecto.- Los cedentes en este acto renuncian a sus cargos que desempeñaban en la sociedad , agregando que no se encuentran inhibidas para poder disponer de sus bienes y que no se les adeuda suma alguna por su gestión.- Por su parte doña Carmen Rosa Mamani manifiesta que nada tiene que objetar por esta cesión , agradeciendo la cesión gratuita efectuada a su favor. – Se deja constancia que faculta la cesionaria al Doctor Jorge Marcelo Reynoso Matricula Profesional ochocientos noventa y cuatro a celebrar los actos y tramites a los efectos de su toma de razón en el Registro Publico de Comercio . Previa lectura y ratificación firman aceptando la presente en todos sus términos , por ante mi , Escribano Publico Autorizante doy fe,- Prot. Notarila Nº A00635986 ESC. CESAR RICARDO FRIAS- TIT. REG. 36- S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 02 de Setiembre de 2008.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

19 SEP. LIQ. Nº 75755 $ 52,70.-