BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 05/09/2008
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARÍA Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-105443/03 caratulado: “EJECUTIVO: BBVA BANCO FRANCÉS S.A. C/ GUTIERREZ, ÁNGEL RODY”, hace saber al Sr. GUTIÉRREZ, ÁNGEL RODY que en autos se ha dictado la siguiente Resolución:… Atento las constancias de autos, lo solicitado en el escrito que antecede y lo dispuesto por el Art. 162 del C.P.C., notifíquese por edictos al demandado Sr. ÁNGEL RODY GUTIÉRREZ el decreto de fs. 16 de autos.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de Septiembre de 2003.- Atento lo solicitado y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución de embargo en contra del Sr. ÁNGEL RODY GUTIERREZ por la suma de PESOS: CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCO CTVOS. ($ 4.439,05) con mas la de PESOS: UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON SETENTA Y DOS CTVOS. ($ 1.331,72) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese el monto, nombre y domicilio de o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Así también, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese.- FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO JUEZ, Ante mi Dra. Martina Cardarelli, Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, tres veces en cinco días. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de junio de 2008.-
03/05/08 SEP. LIQ. Nº 75605 $ 20,50.-








