LEY Nº 3280

 

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Junio de 1976.-

 

VISTO:

La Ley Nº 2331/54, de creación de la Dirección General de Educación Física y el Decreto ley Nº 76-G/H-(S/G)-1957, modificatoria de la citada Ley y el expediente Nº 61261-F-76 –interno- del Ministerio de Bienestar Social, y

CONSIDERANDO:

Que urge corregir serias deficiencias de índole técnica y administrativa a fines de adecuar su funcionamiento a las reales necesidades de su creación y a las posibilidades económicas de la Provincia;

Que hasta el momento la Dirección General de Educación Física y Fomento del Deporte, lejos de haber cumplido con los objetivos tenidos en vista, funcionó como ente burocrático ineficiente pesando sobre el Presupuesto Provincial sin aportar mayores beneficios a la comunidad;

Hasta tanto el Estado Provincial esté en condiciones de encarar como le compete, un plan general de orientación, fomento, fiscalización y dirección de las actividades deportivas, atléticas y gimnásticas, tal función primordial deberá quedar a cargo de las entidades privadas, las que recibirán, en las medidas de las posibilidades de la Provincia, el apoyo oficial que requieran, para el cumplimiento de aquella labor;

Por todo ello, hasta tanto se den las indicadas condiciones y se resuelve en definitiva cuál será el área de Gobierno que tendrá a su cargo el fomento de la educación física,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3280

 

ARTICULO 1º.- Suspéndese la aplicación de la Ley Nº 2331/54 y del Decreto Ley Nº 76-G/H-(S/G)-1957.

 

ARTICULO 2º.- La Dirección General de Educación Física y Fomento del Deporte, se denominará en adelante Departamento de Educación Física y Fomento del Deporte, Repartición que dependerá interinamente de la Subsecretaría de Promoción y Asistencia de la Comunidad.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial y previa toma de razón por Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-

 

MARIO ANTONIO LOPEZ IRIARTE

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y

EDUCACION

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

GOBERNADOR

 

 

Sancionada 14/06/1976

Publicado en BO Nº 87 de fecha 28/07/1976