BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 22/10/14

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 5060-H.-

EXPTE. Nº 500-374-2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de junio de 2014, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor del personal de organismos descentralizados y autárquicos y  personal del Tribunal de Cuentas, las siguientes medidas salariales: a) Un incremento del Adicional Remunerativo Bonificable que resulta del CINCO POR CIENTO (5%) sobre  los conceptos Remunerativos Bonificables. b) Incremento del CINCO POR CIENO (5%) sobre: b.1.El Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo Nº 6362-H-06. b.2. Los Adicionales Remunerativos No Bonificables. b.3. El Adicional previsto por el Decreto-Acuerdo Nº 4371-H-09.

ARTICULO 2º.-Otórgase, a partir del 1º de marzo de 2014, a favor de los agentes a quienes se aplica el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, el CINCO POR CIENTO (5%) que se calculará sobre los conceptos que constituyen la base de cálculo de la Bonificación por antigüedad y sobre el Adicional No Remunerativo Bonificable. El reconocimiento del carácter bonificable del adicional que se crea en el presente, se realizará al solo efecto de que impacte en los siguientes conceptos: a) Bonificación por Antigüedad; b) Plus por antigüedad y c) 5% del Total de Haberes con descuentos.

ARTICULO 3º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 4º.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR