BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 22/10/14

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 5059-H.-

EXPTE. Nº 500-373-2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de junio de 2014, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, las siguiente medidas a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendidos en el Escalafón General Ley Nº 3.161, profesionales comprendidos en las Leyes Nº 4.413 y Nº 4.135, personal del ex I.P.P.S.: a) Un incremento del Adicional Remunerativo Bonificable que resulta del CINCO POR CIENTO (5%) sobre  los conceptos Remunerativos Bonificables. b) Un Incremento del CINCO POR CIENO (5%) sobre: b.1.El Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo Nº 6362-H-06. b.2. El Adicional Remunerativo No Bonificable. b.3. El Adicional creado por Decreto-Acuerdo Nº 4371-H-09.

ARTICULO 2º.-Invítase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 3º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 4º.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR