BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 27/08/2008
Nº198.- ESCRITURA CIENTO NOVENTA Y OCHO.- REFORMA DEL CONTRATO SOCIAL DE LA EMPRESA DENOMINADA “LA VERTIENTE S.R.L.”.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil ocho, ante mí, MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, COMPARECEN los cónyuges en primeras nupcias Señor JOSE ANTONIO BERRUEZO, argentino, nacido el 10/04/1944, agricultor, L.E. Nº8.193.072, CUIT 20-08193072-5; y Señora GUILLERMA LUSIA INGLEMON de BERRUEZO, argentina, nacida el 19/03/1951, ama de casa, L.C. Nº6.528.283, CUIL 27-06528283-1, domiciliados en Avenida Crucero General Belgrano Nº615 de la ciudad de Monterrico, jurisdicción del Departamento El Carmen de esta provincia.- Los comparecientes personas mayores de edad, a quienes afirmo conocer de acuerdo a lo normado en el inc. a) del art.1002 del Código Civil (Ley26.140), y EXPRESAN: I).- Que son los únicos socios que representan la titularidad del cien por ciento (100%) del capital social de la sociedad que gira en esta provincia bajo la denominación de “LA VERTIENTE S.R.L. “, con sede social en avenida Crucero General Belgrano Nº615 de la ciudad de Monterrico, Dpto. El Carmen, provincia de Jujuy, justificando la calidad de únicos socios que integran la sociedad, así como la existencia legal de la misma, con el contrato constitutivo de la sociedad que resulta de la escritura Nº373 de fecha 13/12/2003, autorizada por mí al Folio 825 de este Protocolo, inscripta en el Registro Público de Comercio en fecha 03/05/2004, al Folio 340, Acta Nº328 del Libro II de S.R.L. y con copia bajo Asiento Nº19, Folios 147/161, Legajo IX – del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L..- II).- Que según resulta del Acta de Reunión de Socios celebrada en fecha 10/06/2008, han exteriorizado su consenso unánime para proceder a la REFORMA DEL ARTÍCULO 5º del contrato social, que queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 5º.- Administración y Representación: La administración y representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma conjunta, individual o indistinta, socios o no, por el término de duración de la sociedad, o por un mandato menor siempre que así lo decida la Reunión de Socios. Se designará un gerente suplente para subsanar la falta de los gerentes titulares, por cualquier causa. En tal carácter tendrán facultades suficientes para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, en especial tomar créditos y/o realizar toda clase de operaciones con los bancos oficiales y privados, inclusive aquellos actos y contratos para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme lo prescriben los artículos 1881 del código civil y 9º del decreto ley 5965/63 y en general realizar todos los negocios jurídicos o contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Así también se dispone que podrán otorgar avales o garantías a favor de terceros y realizar disposición de bienes inmuebles siempre que cuenten con la aprobación de la reunión de socios. Los gerentes designados deberán reunirse periódicamente, sin perjuicio de las reuniones que pudieran celebrarse a pedido de cualquiera de ellos, tomándose las decisiones por mayoría absoluta de los integrantes.-” III).- En consecuencia, con la presente escritura dan por ratificada la reforma contenida en la relacionada Acta de Reunión de Socios, que en un ejemplar fotocopiado incorporo al Legajo de Comprobantes de esta escritura, y procedo a expedir Testimonio autorizado de la presente a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Asimismo, por este mismo acto confirman el carácter de Socios GERENTES que invisten desde que nació la sociedad, investidura que mantienen y así lo hacen constar expresamente a mayor abundamiento.- LEÍDA la presente escritura, los comparecientes así la otorgan y firman por ante mí, doy fe.- ACT. NOT Nº A-00085274- ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA- TIT. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 20 de Agosto de 2008.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA
POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
27 AGO. LIQ. Nº 74224 $ 52,70.-








