BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 07/07/2008

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

SECRETARIA DE EDUCACION

AREA RECURSOS HUMANOS

CEDULA DE NOTIFICACIÓN: Por la presente se le hace saber que el Gobernador de la Provincia, ha dictado el Decreto N º 7339-G-2007:” VISTO:…; Y CONSIDERANDO: Que se encuentra debidamente acreditado que la agente sumariada ha incurrido en irregularidades (falta sin aviso) que superan diez (10) inasistencias injustificadas, reiterando dicha inconducta conforme a la documental agregada; Que en Conclusión Nº 79 obrante a fs. 31 del expediente cabecera, ratificada por Dictamen Nº 79 obrante a fs. 39, la Instructora Sumariante de la Dirección Provincial de Personal aconseja, conforme lo actuado, se aplique a la Agente Carmen Rosa Decima, la Sanción Expulsiva de Cesantía, por haber transgredido la normativa del Artículo 100º Inciso 1, 2 y 23 en concordancia con el Artículo 173 Incisos 1 y 3 de la Ley Nº 3161/74, como así también del Artículo 194 del citado ordenamiento legal, criterio compartido por la Sra. Directora Provincial de Personal a fs. 40; los términos del Dictamen Nº 44.562 del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado obrante a fs. 63/64 compartido por la Sra. Fiscal de Estado a fs 64; Por ello, DECRETA: ARTICULO 1º.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de CESANTÍA, a la Sra. CARMEN ROSA DECIMA, M.I. Nº 5.918.904, Portera Titular de la Escuela Nº 645 de Lote Libertad, con ubicación transitoria en la Escuela Nº 213 “Martín Raúl Galán” de la Secretaria de Educación dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, por haber transgredido la normativa del Artículo 100º Inciso 1, 2 y 23 en concordancia con el Artículo 173 Inciso 1 y 3 de la Ley Nº 3161/74, como así también del Artículo 194 del citado ordenamiento legal, a partir del 01 de mayo de 1999.- ARTICULO 2º.- ….ARTICULO 3º.- …”SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 de febrero de 2007. Firmado: Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER, Gobernador.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de noviembre de 2007.-

04/07/11/14/16 JUL. S/C.-