BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 04/07/2008
MODIFICACION CONTRATO CONSTITUTIVO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.-
Entre CRISTIAN JOSE LUIS ZAMPINI, DNI N° 26.501.480, argentino, casado en primera nupcias con Mariana Inés Moriconi, mayor de edad, de profesión Licenciado en Turismo, con domicilio en Leandro N. Alem Nº 385, ciudad de Perico, departamento El Carmen de la provincia de Jujuy; y, ARIEL ALEJANDRO CARDOZO, DNI N° 24.611.404, argentino, soltero, de profesión docente, mayor de edad, domiciliado en 25 de Mayo Nº 670, de la ciudad de Perico, departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, resuelven constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales y por las siguientes cláusulas y condiciones:
Reunidos los socios de la Sociedad denominada ELECTROSTAR S.R.L., resuelven en forma unánime, modificar la cláusula tercera del contrato constitutivo, la cual quedara redactada de la siguiente manera: TERCERA: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociados a terceros a las siguientes actividades: comercialización de artículos de electricidad, domiciliarios e industrial, como así también a la realización de servicios de instalación y mantenimiento de implementos eléctricos, a tal fin la sociedad tiene plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se realicen conforme al objeto social; brindar servicios con la utilización de maquinarias y herramientas que se posea o pudiere adquirirse en el futuro, igualmente el transporte de cosas y productos propios o de terceros; aportes de capital a personas, empresas, o sociedades constituidas o a constituirse en el país o en el extranjero para operaciones realizadas o a realizarse. Tomar participación en cualquier negocio o empresa, contraer préstamos con entidades financieras, bancarias oficiales, privadas o mixtas del país y/o del extranjero. También podrá recibir u otorgar representaciones, comisiones, consignaciones de los productos o servicios que comercialice. En éste acto los socios le confieren autorización a la Dra. Gabriela Romina Albornoz, abogado del foro local, con domicilio legal en calle Belgrano N° 864 10º piso, departamento 1 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para efectuar los trámites necesarios y la suscripción de la documentación correspondiente para la inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio, con facultades para aceptar las modificaciones que éste indique, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y desglosar documentación y depositar y retirar los fondos a que se refiere el artículo 149 de la Ley de Sociedades Comerciales.
ACT. NOT. Nº A-00582926- ESC. RUBEN OSCAR SAPAG- TIT. REG. Nº 42- CIUDAD DE PERICO.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 01 de Julio de 2008.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA
POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
04 JUL. LIQ. Nº 74500 $ 52,70.-








