BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 20/06/2008
CONTRATOS
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los tres días del mes de junio de dos mil ocho se reúnen el Sr. ENRIQUE GUILLERMO OVIEDO, L.E. Nº 7.284.180, argentino, mayor de edad, casado, nacido el la Ciudad de La Quiaca el día 25 de junio del año 1939, de profesión comerciante y la Sra. SARA ZULEMA OVANDO, D.N.I. Nº 5.730.998, argentina, mayor de edad, casada, nacida en la Ciudad de La Quiaca el día 15 de enero de 1948, jubilada, cónyuges entre sí, con domicilio real en calle Chango Toconás Nº 208, Villa Jardín de Reyes, de esta ciudad por una parte, en adelante LOS CEDENTES y la Srta. LUCIANA MARIA OVIEDO OVANDO, D.N.I. Nº 28.537.211, argentina, mayor de edad, soltera, nacida en la ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 03 de junio de 1981, de profesión Licenciada en Criminalística, con domicilio real en calle Chango Toconás Nº 208, Villa Jardín de Reyes, de esta ciudad, en adelante LA CESIONARIA, a los efectos de celebrar la siguiente CESION DE CUOTAS SOCIALES, que se regirá por las siguientes cláusulas: Primera: La Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyas cuotas sociales se transfieren mediante el presente instrumento, gira bajo la denominación de “OVIMEDIC S.R.L.” y tiene su domicilio comercial en calle Güemes Nº 1334, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, encontrándose inscripta al Folio Nº 588, Acta Nro. 575, Libro II de S.R.L., de fecha veintidós de junio de 2007, siendo su capital social de pesos veinticuatro mil ($24.000,00), dividido en doscientas cuarenta (240) cuotas sociales, de valor nominal pesos cien ($100,00) cada una.- Segunda: Por este acto y a título de venta, LOS CEDENTES Sres. Enrique Guillermo Oviedo y Sara Zulema Ovando, ceden y transfieren a favor de LA CESIONARIA Srta. Luciana María Oviedo Ovando, en forma absoluta, definitiva e irrevocable, todas las acciones y derechos que tienen y les corresponden o pudieran corresponderles sobre la totalidad de las ciento ocho (108) cuotas sociales, por un valor de pesos diez mil ochocientos ($10.800,00), que cada uno ha suscrito y totalmente integrado en el capital de la Sociedad OVIMEDIC S.R.L., estando incluidos en la presente cesión tanto dichas cuotas de capital, cuanto todos sus frutos, ganancias o créditos de cualquier naturaleza que tuvieran en su favor en la nombrada sociedad, sin reservas, excepción o limitación alguna, de manera que LOS CEDENTES quedan total y definitivamente separados de ella, sin que nada quede por liquidárseles, pues pertenecerán al cesionario los derechos de propiedad y usufructo inherentes a todas las cuotas cedidas, así como los que correspondan tanto al pasado cuanto al futuro y los del ejercicio en curso.- Tercera: Se fija como precio único, total y definitivo por la transferencia, la suma de pesos veintiún mil seiscientos ($21.600,00) el que fue pagado por la socia adquirente Srta. Luciana María Oviedo Ovando a LOS CEDENTES con anterioridad a este acto, por cuanto le otorga formal recibo y carta de pago, sirviendo como tal este instrumento.- Cuarta: La Srta. Luciana María Oviedo Ovando queda incorporada a OVIMEDIC S.R.L. a partir del día 03 de junio del año dos mil ocho, conociendo en todas sus partes el contrato social que rige a esta sociedad, el que continuará en vigor sin modificación.- Quinta: Que LOS CEDENTES declaran que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes y que sobre la cesión que efectúan no poseen embargos o gravámenes.- Sexta: Gerencia: Que habiendo revestido EL CEDENTE Sr. Enrique Guillermo Oviedo, el carácter de socio gerente hasta la celebración del presente instrumento conjuntamente con la Srta. Claudia Alejandra Oviedo Ovando, se conviene que tal cargo será ahora compartido por la socia nombrada y la socia Luciana María Oviedo Ovando, quien acepta tal designación rubricando el presente, siendo la actuación de ambas en forma conjunta y/o indistinta en representación de la sociedad.- Séptima: Se deja expresa constancia que se autoriza al Dr. JAVIER EDUARDO FARFAN, D.N.I. Nº 21.607.522, Abogado del Foro Local con M.P. Nº 1511, a efectuar ante el Registro Público de Comercio los trámites pertinentes de inscripción de las cuotas transferidas mediante el presente instrumento.- En el lugar y fecha ut supra indicados, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-
ACT. NOT. Nº A-00575721- ESC. LAURA NORA VIERA DE OME- TIT. REG. Nº 39- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 13 de junio de 2008.-
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA- ESCRIBANO
JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY.-
20 JUN. LIQ. Nº 73124 $ 52,70.-








