BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 27/10/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4751-IPYSP.-

EXPTE. Nº 600-176-2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 ABR. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.Apruébase la compulsa de precios ordenada por el Decreto Nº 3803-IPySP-2013, para la “Concesión de Locales Comerciales-Nueva Estación Terminal de Ómnibus de la Provincia de Jujuy”, por el Renglón Nº 11 rubro: “Restaurante y Confitería”, y por el Renglón Nº 12 rubro: “Snackbar-Bar”, en virtud de las razones expresadas en el exordio.

ARTICULO 2º.Adjudícase a favor de la Sra. LÓPEZ GELMETTI, LAURA FERNANDA, CUIT Nº 27-25954393-8, el Renglón Nº 11 rubro: “Restaurante y Confitería”, por el término de Treinta y seis (36) Meses, por la suma de Pesos Once Mil ($11.000) mensuales, para el primer año; Pesos Doce Mil ($12.000) mensuales, para el segundo año, y Pesos Trece Mil ($13.000) mensuales para el tercer año, total de Pesos Cuatrocientos Treinta y Dos Mil ($432.000).

ARTICULO 3º.Adjudícase a favor de la Sra. LÓPEZ GELMETTI, LAURA FERNANDA, CUIT Nº 27-25954393-8, el Renglón Nº 12 rubro: “Snackbar-Bar”, por el término de Treinta y Seis (36) Meses, por la suma de Pesos Cinco Mil ($5.000) mensuales, para el primer año; Pesos Seis Mil ($6.000) mensuales, para el segundo año, y Pesos Siete Mil ($7.000) mensuales para el tercer año, total de Pesos Doscientos Dieciséis Mil ($216.000).-

ARTICULO 4º.-Déjase sin efecto la compulsa de precios, ordenado por el Decreto 3803-IPySP-de fecha 30 de Octubre de 2013, sobre: Renglón Nº 10 “Drugstore/Maxi Kiosco”, Renglón Nº 2 rubro: “Cobro de Factura-Quiniela y Fotocopiadora”, Renglón Nº 3 rubro: “Regalaría”; Reglón Nº 4 rubro: “Regionales y Artesanías” Nº 5, 6, 7, 8 y 9 Libre Propuesta del Oferente.-

ARTICULO 5º.-Autorizase a la Dirección de Transporte de Jujuy, a realizar todas las gestiones tendientes a suscribir los instrumentos necesarios a los efectos de otorgar las concesiones adjudicadas por los Artículos 2º y 3º del presente Decreto, y constituir la respectivas garantías sobre el inmueble individualizado como Padrón A-49125, circunscripción 1, Sección 4 Manzana 44, Parcela 7, Conforme la Matricula A-5616, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISEIS MIL ($216.000), y sobre el inmueble individualizado como Padrón C-1855, circunscripción 1, Sección 4, Manzana 5, Parcela 7, conforme la Matricula C-1648, por la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL ($108.000), ofrecidos por la Sra. LOPEZ GELMETTI, LAURA FERNANDA, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

ARTICULO 6º.-Autorizase a la Dirección de Transporte de Jujuy, a realizar todas las gestiones tendientes a suscribir los instrumentos necesarios a los efectos de otorgar la concesión adjudicada por el Artículo 1º del Decreto 3803-IPySP/13, y constituir la respectiva garantía sobre el inmueble individualizado como Padrón C-719, Circunscripción 1, Sección 3 Manzana 8, Parcela 1, ubicado en la localidad de El ceibal, Dpto. San Antonio, Provincia de Jujuy, por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($160.896,00), ofrecido por la Sra. LUISA TAPIA, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

ARTICULO 7º.-Dése la correspondiente intervención a Escribanía de Gobierno conforme lo dispuesto en los Artículos 5º y 6º del presente Decreto.

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR