BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/16

DECRETO Nº 1463-MS/2016.-

EXPTE. Nº 1400-061/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2016.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.-Créase la SECRETARÍA DE EXTENSION Y ASUNTOS ESTUDIANTILES en el ámbito del Instituto Superior de Seguridad Pública, la que tendrá las siguientes funciones: *Promover programas y actividades que propicien la inclusión social de los diferentes sectores.*Promover la inserción del Instituto Superior de Seguridad Pública, en el debate de la actualidad social, política, científica y cultural. *Desarrollar proyectos y actividades de educación formal y no formal asumiendo la educación como vehículo de dignidad e igualdad. *Promover políticas institucionales que rescaten y pongan en valor el patrimonio cultural, natural científico e histórico del Instituto Superior de Seguridad Pública.*Impulsar una política editorial que amplíe los destinatarios de las publicaciones editadas, incorpore nuevas herramientas de comunicación y una mayor simetría en la participación de las unidades académicas en proyectos editoriales. *Recibir, analizar, aprobar y coordinar proyectos de extensión presentados por los alumnos y/o docentes del establecimiento.-

ARTICULO 2º.-El Secretario de Extensión y Asuntos Estudiantiles, será designado por Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministro de Seguridad y percibirá una remuneración equivalente a Director Provincial.-

ARTICULO 3º.-Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar la transferencia de créditos que resulten necesarios para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO 4º.-Realizada las transferencias pertinentes, lo dispuesto en este Decreto se atenderá con las respectivas Partidas de gastos en Personal previstas para el Ministerio de Seguridad y en caso de resultar insuficiente se autoriza a la Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de créditos que resulten necesarios tomando fondos de la partida prevista en la Jurisdicción “K” OLBIGACIONES A CARGO DEL TESORO, 1-1-1-1-1-20, para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuración.-

ARTÍCULO 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad, de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR