BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/2008

Dr. RAUL EDUARDO GUTIERREZ – Juez del Juzgado de Instrucción en lo Penal nº 3, de la Provincia de Jujuy; en el Expte. nº 56/07, caratulado: “SARAPURA Carlos César y otra: p.ss.aa. de Administración Fraudulenta y Falsedad Ideológica en la localidad Barrios”; de conformidad a lo dispuesto por el artículo 140 del Código Procesal Penal, procede por el presente a notificar a los imputados CARLOS CESAR SARAPURA y ELVIRA ARMELLA, cuyo  paradero se ignora/n, que en la causa de mención ha recaído la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Abril del 2008.  – – – Y VISTO: ……, – – – Y CONSIDERANDO:…….; – – – RESUELVO:  l. Citar por edictos a los imputados CARLOS CESAR SARAPURA, argentino, de 36 años de edad, casado, empleado jerárquico, domiciliado en la localidad de Barrios, Departamento de Yavi, Provincia de Jujuy, República Argentina, D.N.I. Nº 21.320.691; y  ELVIRA ARMELLA, argentina, de 45 años de edad, casada, empleada, domiciliada en la localidad de Barrios, Departamento de Yavi, Provincia de Jujuy, República Argentina, D.N.I. Nº 14.700.115; para que este a derecho en la causa que se le sigue, que se hará a partir de la última Publicación por TRES (3) VECES en CINCO (5) DIAS, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía si dejase de comparecer sin causa debidamente justificada de conformidad a lo establecido por el articulo 140 del Código Procesal Penal.—-II)— III). Protocolizar, dar copia, notificar, hacer saber.- Fdo. Dr. RAUL EDUARDO GUTIERREZ – Juez – Ante mi Dr. MIGUEL ANGEL LEMIR – Secretario.-” PUBLÍQUESE POR TRES VECES EN CINCO DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, SIN CARGO ALGUNO.-

Secretaría nº 6; 16 de Abril del 2008.-

28/30 ABR. 02 MAY. S/C.-