BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/2008
El DR. ROBERTO SIUFI, Juez en lo Civil y Comercial Nº4, Secretaría Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. B-174.267/07, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. c/ FIGUEIREDO ANTONIO ALBERTO”, Notifíquese mediante edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto Día de la última publicación, a la parte demandada Sr. ANTONIO ALBERTO FIGUEIREDO, D.N.I. Nº17.783.172, del proveído a fs. 13.- “San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2007.- Por presentado el Dr./a MENÉNDEZ, PABLO MARCELO, en nombre y representación del BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. a mérito del Poder General para Juicios que en fotocopia juramentada acompaña, con el patrocinio letrado del Dr. ALEJANDRO HUGO DOMINGUEZ, por constituido domicilio legal y por parte. II.- Atento a la demanda ejecutiva deducida por el cobro de pesos y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y cca. del C.P.C, líbrese en contra del Sr. FIGUEIREDO ANTONIO ALBERTO en el domicilio denunciado, mandamiento de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO por la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO TREINTA Y TRES CTVOS. ($ 3.684,33) en concepto de capital con más la suma de PESOS UN MIL CIENTO CINCO CON TREINTA CTVOS. ($1.105,30) presupuestada para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo, requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo para que en el término de CINCO DIAS contados a partir de su notificación concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº4, Secretaría Nº7 a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (Art. 52 y 154 C.P.C.). Notificaciones en Secretaría los martes y jueves o el día subsiguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con las facultades inherentes del caso. Notifíquese. FDO. Dr. ROBERTO SIUFI – JUEZ. ANTE MI: Dra. OLGA BEATRIZ PEREIRA- SECRETARIA.-
Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.-
San Salvador de Jujuy, 28 de Abril de 2008.- Dra. OLGA B. PEREIRA, Secretaria .-
28/30 ABR. 02 MAY. LIQ. Nº 71987 $ 17,70.-








