BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/2008

CONTRATO MODIFICATORIO DE CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.- NUEVA FARMACIA EL HUANCAR SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.-

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, a los diecinueve días del mes de Marzo del año dos mil ocho, entre la Sra. NOEMÍ ALICIA MAMANI, argentina, comerciante, casada, quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 17.931.844, con domicilio real en calle Sarmiento Nº 74 de la Ciudad de Abra Pampa, Departamento Cochinoca, de esta Provincia y por la otra el Señor GERARDO LOPEZ BURIEX, argentino, farmacéutico, casado, matricula profesional Nº 367, quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 22.073.546, con domicilio real en Pasaje 1º de Noviembre Nº 1335 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, ambas partes vienen por este acto a integrar los datos personales de los socios conforme el art. 11 inc. 1º de la ley 19.550 y a modificar la cláusula cuarta del CONTRATO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD COMERCIAL NUEVA FARMACIA EL HUANCAR SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, que fuera suscripto con fecha 26 de Febrero del 2008 y presentado para su inscripción en el Juzgado de Comercio con fecha 28 de febrero del 2008, mediante Expte. Nº B-184416/08, Caratulado: Nueva Farmacia El Huancar S.C.S. solicita inscripción de Contrato de Constitución Social, y vienen a darle forma a dicha modificación, la que quedara redactada de la siguiente forma:

CLAUSULA CUARTA: CAPITAL SOCIAL: El Capital Social se fija en la suma de Pesos DIEZ MIL ($ 10.000,00) del cual la socia comanditaria Sra. Mamani integra un 99%, es decir la suma de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS ($9.900,00) y el socio comanditado Sr. López Buriex en un 1%, es decir, la suma de PESOS CIEN ($ 100,00). El capital social se integra en este acto en su totalidad por ambas partes en la proporción indicada precedentemente.- El socio Comanditado Sr. López Buriex aporta además la obligación de poner toda su dedicación, diligencia y labor de su actividad como farmacéutico a favor de la presente sociedad.-

Asimismo ambas partes manifiestan que la sociedad Nueva Farmacia El Huancar S.C.S. seguirá funcionando sin ninguna modificación posterior a la aquí realizada en lo que respecta a la denominación social, domicilio, objeto, etc.

Leído el presente contrato social, las partes intervinientes en prueba de conformidad firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad y fecha enunciados ut-supra.-

ACT. NOT. A-00572118- ESC. NICOLAS GRANARA- TIT. REG Nº 56- S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 6 y 14 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Abril de 2008.-

NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA- ESCRIBANO

JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY.-

02 MAY. LIQ. Nº 72034 $ 52,70.-