BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 12/05/17
DRA LIS VALDECANTOS BERNAL – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL n° 7 SECRETARIA n° 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a GALAN, IGNACIO EZEQUIEL que en el Expte N° C-018943/14, caratulado. “CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. C/ GALAN IGNACIO EZEQUIEL S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 04 de Mayo de 2016.- Atento las constancias de autos (fs. 15 vta., 24, 25 vta. Y 36) y lo solicitado a fs. 42, notifíquese por edictos a la parte demandada GALAN, IGNACIO EZEQUIEL que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C, intimase al accionado a depositar la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA ($840,00) en concepto de Capital, con mas la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($252,00) presupuestadas para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada, que las copias para TRASLADO se encuentran a su disposición en Secretaria del Juzgado, siendo los días de notificación Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Por el mismo termino intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem.- A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial TRES VECES en CINCO DIAS.- Se hace saber que la confección de la diligencia dispuesta precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor de cumplimiento de deber de colaboración (arts. 50 y 72 del CPC), para su confronte y firma por la actuaría.-Notifíquese art. 154 del C.P.C..- Fdo. DRA LIS VALDECANTOS BERNAL JUEZ – Ante mi Dra. LUISA CARMEN BURMIÑSKI – SECRETARIA HABILITADA.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (art. 152 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARIA.- San Salvador de Jujuy, a los 22 días del mes de Septiembre del 2016.-
08/10/12 MAY. LIQ. Nº 10435 $360,00.-