BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 14/04/2008
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº4 Secretaria Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-142219/05, caratulado: EJECUTIVO: CREDIMAS S.A C/ YONAR, DIEGO.” Notifica por este medio al demandado DIEGO YONAR la siguiente RESOLUCION:” SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de AGOSTO del 2.007.- AUTOS Y VISTOS:.. RESULTA:.. CONSIDERANDO:.. RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la firma CREDIMAS S.A. en contra del demandado, SR. DIEGO YONAR hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de la suma PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($676,86) con más las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa Promedio que mensualmente cobra el Banco Central de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art.565 del C.P.C.), con más el cincuenta por ciento (50%) en concepto de Intereses Punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. JUAN PABLO ROMAN CARNIELLIS en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450,00)- Doctrina Legal del S.T.J. “Hirmas c/ Digemas”, cantidad que en caso de mora devengará el Interés Promedio de la Tasa Pasiva que para el uso de la Justicia publica mensualmente el Banco Central de la Republica Argentina (L.A. Nº45, Fº977/978, Nº429, 29/10/02 Y L.A. Nº45, Fº 1185/1188, Nº 519, 12/12/02); y con más I.V.A. si correspondiere a partir de firme y consentida la presente resolución.- III.- Imponer las costas a la parte demandada en su carácter de vencida (Art.102 del C.P.C.).- IV.- Agréguese copia en autos, regístrese y notifiquese la presente Resolución Edictos y las posteriores resoluciones que se dicten por Ministerio de Ley.- FDO. DR. ROBERTO SIUFI – JUEZ – Ante mi: DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA Secretaria- ES COPIA.-
Publiquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.-
San Salvador de Jujuy, 15 de AGOSTO de 2.007. Dra. OLGA B. PEREIRA, Secretaria.-
11/14/16 ABR. LIQ. Nº 71822 $ 17,70.-








