BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 19/03/2008
Dr. Norberto Costamagna, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº18, hace saber que el Expte. Nº A-07858/00. Caratulado: Divorcio Vincular: Hugo Néstor Chambi c/ Angélica Arcruma,” se ha dictado la siguiente resolución: “San Pedro de Jujuy 15 de Febrero de 2008. AUTO Y VISTOS.. Y CONSIDERANDO… RESUELVO: I.- Hacer lugar a la presente demanda, en consecuencia, decretar el divorcio vincular de los cónyuges Hugo Nestor Chambi (DNI Nº 5.537.242) y Angelica Arcruma (DNI Nº 12.986.652), matrimonio celebrado el día 10 de Octubre de 1975, en Calilegua, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, Acta 1.726, Tomo 10, folio 26, de los libros de esa oficina, con fundamento en la causal prevista en el art.214, inc. 2º del Código Civil Argentino. II.- Decretar la disolución de la sociedad conyugal de conformidad a lo dispuesto por el art.1306 del Código Civil Argentino. III.- Costas a cargo de la demandada. IV.- Firme oficiar a la dirección General del Registro del estado civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy. V.- Diferir regulación de honorario conforme considerandos. VI.- Notificar mediante publicación de edictos, agregar copia en autos, protocolizar.- “Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna, Juez – Ante mí – Dra. Lilian Inés Conde- Prosecretaria Técnico Judicial.-“ Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cincos días. Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18. San Pedro de Jujuy, 18 de Febrero de 2008. Dra. Lilian Inés Conde, Pro-Secretaria Técnica Judicial.-”
17/19/26 MAR. LIQ. Nº 70956 $ 17,70.-








