BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 14/03/2008

DRA. AMALIA INES MONTES – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a CARLOS A. FLORES, que en el expte. Nº B-159275/06, caratulado: “EJECUTIVO: RAMIREZ, JOSE ALBERTO C/ FLORES, CARLOS A.”, se ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: “SAN SALVADOR DE JUJUY, Marzo 06 de 2008.- AUTOS Y VISTOS:.. CONSIDERANDO:…- RESUELVE: I.- Téngase por presentada a la Dra. CRISTINA MARCO, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes en representación de CARLOS A. FLORES. Por constituido domicilio legal y por parte.- II.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por RAMIREZ, JOSE ALBERTO en contra de CARLOS A. FLORES. hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea, la suma de pesos cuatro mil seiscientos cuarenta y seis ($ 4.646,00) y el interés a la TASA ACTIVA que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago.- III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). IV.- Regular los honorarios profesionales del Dr. MAXIMILIANO R. D. QUISPE en la suma de pesos seiscientos ochenta y dos con noventa y siete centavos ($ 682,97) por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengará intereses conforme TASA PASIVA que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado; con mas I.V.A. si correspondiere.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Notificar por cédula, por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 154 del C.P.C.) VII.- Firme que se encuentre la presente, incorpórese al expediente la documentación original reservada en Caja Fuerte del Juzgado, dejando constancia en la misma que se tramitó la presente causa.- VIII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Amalia Ines Montes –Juez- Ante mí Dra. Paula Turk Mateo – Por habilitación Secretaria.-

Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de marzo de 2008.-

14/17/19 MAR. LIQ. Nº 70942 $ 17,70.-