BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 14/03/2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7, SECRETARIA N° 14, en el Expte. N° B-163.150/06, caratulado: “EJECUTIVO: VALDECANTOS BERNAL, SERGIO ALVARO C/ HILARIA RAMONA GOMEZ”, se hace saber a la demandada Sra. HILARIA RAMONA GOMEZ, la siguiente RESOLUCION: “SAN SALVADOR DE JUJUY, de diciembre de 2007.- AUTOS Y VISTOS…CONSIDERANDO…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por VALDECANTOS BERNAL, SERGIO ALVARO en contra de HILARIA RAMONA GOMEZ, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOS MIL ($2000.-), con más las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II Regular los honorarios de los Dres. SERGIO ALVARO VALDECANTOS BERNAL y SERGIO EDUARDO VALDECANTOS, en las sumas de PESOS: 300.- y PESOS: 150.-, respectivamente, hasta la presente. A partir de allí y solo en caso de mora en el pago de los mismos, devengarán los intereses conforme tasa pasiva que diariamente publica el Banco Central de la República Argentina, con más IVA si correspondiere.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en el mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes IV.- Imponer las costas a la demandada (art. 102 del C.P.C.).-V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI. Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P. y a la demandado por Edictos.- Fdo: Dra. AMALIA I. MONTES – JUEZ. Ante mí: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA – SECRETARIA.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art.162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber a la accionada que los términos empiezan a correr a partir del quinto día de la última publicación de edictos.
SECRETARIA: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA.- SAN SALVADOR DE JUJUY 21 de diciembre de 2007.-
14/17/19 MAR. LIQ. Nº 70941 $ 17,70.-








