BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 14/03/2008

DR. ENRIQUE R. MATEO, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-173.560/07 – caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: VELO, ZAIDA ZULEMA C/ DELGADO, MARCELO R. Y OTROS”, se ha dictado el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de noviembre de 2007- Proveyendo a lo solicitado a fojas 45 y lo dispuesto por el art. 162 del C.P. Civil córrase traslado de la demanda a MARCELO RAUL DELGADO para que la conteste dentro del plazo de QUINCE DÍAS HABILES de notificado, haciéndole saber que las copias para traslado se encuentran en Secretaria, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho de contestar la demanda (art. 298 del C.P. Civil) y designarle como representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, notificándose mediante EDICTOS en le Boletín Oficial y un Diario de circulación local por tres veces en cinco días. Intímase al accionado para que en igual plazo constituya domicilio legal, dentro del radio de asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado. Hágase saber: Fdo: DR. ENRIQUE MATEO – Vocal – Ante mi: SR. CESAR BAREA – Prosecretario.-

14/17/19 MAR. LIQ. Nº 70938 $ 17,70.-