BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 10/03/2008

Entre el Señor Juan Carlos MURILLO, argentino, DNI N° 7.268.538, casado en primeras nupcias con Carmen Angélica Wierna, domiciliado en calle Fascio N° 123 de esta ciudad, de profesión farmacéutico, representado en este acto por su esposa señora Carmen Angélica Wierna, argentina, L. C. N° 2.460.663, con igual domicilio que el anterior, en su carácter de mandataria del mismo en virtud de un Poder General de Administración y Disposición otorgado a su favor mediante Escritura N° 1 de fecha 03-01-2006, autorizada por la escribana Maria Valeria BORDILLO, Adscripta al Registro Notarial N° 40 de esta Provincia, adelante “EL CEDENTE”, y por la otra el Sr. José Patricio BRITO; argentino, LE N° 8.468.769, casado en segundas nupcias con Ana Elsa MÉNDEZ, domiciliado en Av. Hipólito Irigoyen N° 131, Departamento N° 7 de esta ciudad, comerciante, en adelante “EL CESIONARIO”, convienen en celebrar el siguiente contrato de CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES: PRIMERA: El señor Juan Carlos MURILLO, por medio de su representante legal, cede en forma gratuita y en plena conformidad a favor del Sr. José Patricio BRITO todas las cuotas sociales que tiene y le corresponden sobre el patrimonio neto de la Razón Social “FARMACIA CARRIZO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” el que representa el seis por ciento (6%) del capital social y cuyo valor nominal es de pesos cien ($ 100), cada una. Dicha sociedad fue constituida mediante instrumento privado de fecha 25/VIII/2006 e inscrita en el Registro Público de comercio de esta Provincia al Folio 516, Acta N° 503, Libro II de SRL y bajo Asiento N° 42, Folios 246/251, Legajo XI, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL.- SEGUNDA: EL CESIONARIO acepta la presente Cesión gratuita efectuada a su favor en todos sus términos.- TERCERA: El CESIONARIO declara y deja constancia que conoce y acepta a la fecha el activo y pasivo de la Sociedad, que nada tiene que objetar en tal sentido y que se hace responsable y asume todas y cada una de las obligaciones contraídas por la Sociedad desde su inicio, siempre y cuando los actos se hubieren celebrado bajo las condiciones normales del giro de la sociedad.- CUARTA: EL CEDENTE declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.- QUINTA: La señora Carmen Angélica WIERNA, argentina, L C N° 2.460.663, esposa del CEDENTE, otorga su consentimiento conyugal a la presente cesión gratuita de cuota social, en un todo de acuerdo a las disposiciones legales del Art. 1277 del Código Civil. SEXTA: Ambas partes establecen que estará a cargo del CESIONARIO la Notificación de la presente cesión de cuotas a la Sociedad.- SÉPTIMA: Ambas partes pactan de común acuerdo que el impuesto de sellos y todo otro gasto necesario para la inscripción de la presente cesión en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, será soportado en forma exclusiva por el CESIONARIO.- OCTAVA: Por este acto, ambas partes otorgan facultades necesarias y suficientes a favor de los Doctores Adolfo Froilán FLORES y/o Antonia Ifigenia SINGH para que actuando en forma conjunta y/o indistinta, realicen todos los trámites tendientes a la inscripción de la presente cesión de cuota social en el Registro Público de Comercio de Jujuy, con facultades amplias para aceptar y/o rechazar las observaciones que se le indiquen, suscribir instrumentos públicos o privados, interponer recursos y apelaciones. NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de la presente cesión, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de esta Provincia y constituyen domicilios especiales en los señalados en el encabezamiento. DE CONFORMIDAD con las cláusulas que anteceden, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Pedro de Jujuy a un día del mes de diciembre de año dos mil seis.-

ACT. NOT. Nº A-00459644- ESC. MIRTA BEATRIZ GONZALEZ, TIT. REG. Nº 40.- SAN PEDRO- JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 6 y 14 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 04 de Marzo de 2008.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA

POR HABILITACION AL Juzgado de Comercio

10 MAR. LIQ. Nº 70906 $ 52,70.-