BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 05/03/2008
DR. JOSE LUIS CARDERO, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 1, secretaria nº 1 de la Provincia de Jujuy, en los autos caratulados: Expte. nº B-156.156/06 EJECUTIVO: BUSTAMANTE PEDRO C/ BURGOS ADOLFO ELIAS, se hace saber la siguiente resolución de fs. 40: SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE Septiembre del 2007. AUTOS Y VISTOS:…, CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.- Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por BUSTAMANTE PEDRO, en contra del Sr. BURGOS ADOLFO ELIAS, hasta hacerse el acreedor de integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00), dicho monto devengara desde la mora del deudor (art. 509 del C.C.) hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Banco Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales.- II Imponer las costas a la parte demandada (art. 102 de C.P.C.) III.- Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes hasta tanto se practique planilla de liquidación definitiva (acda. N 30/84 del Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente expte con la resolución nº 689 de la AFIP DGI.- IV.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente por edicto (art. 162 del C.P.C.) y en lo sucesivo por ministerio de Ley, art 154 del C.P.C. .- Fdo: Dr. José Luís Cardero –Juez.- Ante mi: Dra. MARIA JOSEFINA VERCELLONE-SECRETARIA.-
Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por TRES VECES en el termino de CINCO DIAS.-
SECRETARIA nº 1 –SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE SEPTIEMBRE DEL 2007.-
29 FEB. 03/05 MAR. LIQ. Nº 70830 $ 17,70.-








