BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 27/02/2008

CONTRATO DE MODIFICACION DEL OBJETO SOCIAL DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

En la Ciudad de Perico, Dpto. El Carmen de la Provincia de Jujuy, a los Veintitrés días del mes de Noviembre de Dos Mil Siete; se reúnen los Sres. BRUNO LUCIANO GIACOPPO D.N.I. N° 26.793.421, mayor de edad y hábil para obligarse, de nacionalidad argentino, soltero, domiciliado en Avenida Crucero General Belgrano s/nº de la Localidad de Monterrico, Departamento El Carmen de la Provincia de Jujuy, la Señora MARIA LAURA GIACOPPO D.N.I. N° 29.546.419, mayor de edad y hábil para obligarse, de nacionalidad argentina, soltera, domiciliada en Avenida Crucero General Belgrano s/nº de la Localidad de Monterrico, Departamento El Carmen de la Provincia de Jujuy y la Señora JULIETA GIACOPPO D.N.I. N° 30.731.067, mayor de edad y hábil para obligarse, de nacionalidad argentina, soltera, domiciliada en Avenida Crucero General Belgrano s/nº de la Localidad de Monterrico, Departamento El Carmen de la Provincia de Jujuy, en su carácter de socios de AGROTANA S.R.L.-

Que, por decisión unánime de los arriba nombrados, deciden modificar la cláusula Cuarta: Objeto Social del Capitulo Segundo del Contrato Constitutivo de AGROTANA Sociedad de Responsabilidad Limitada, de fecha once de Septiembre del año Dos Mil Siete, y en consecuencia el objeto social quedara redactado de la siguiente forma:

CAPITULO SEGUNDO: OBJETO Y MEDIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES.-

CUARTA: La Sociedad tendrá por objeto: Agropecuaria: a) la explotación de establecimientos agropecuarios en general y en particular aquellos destinados a la producción y explotación de predios destinados al cultivo y explotación de tabaco, cereales, oleaginosas y toda otra clase de cultivos de cualquier naturaleza o variedad que puedan ser explotados en los establecimientos agropecuarios de la sociedad, y la explotación de hacienda de cualquier especie, incluidos pero sin limitarse, ganado vacuno, bovino, ovino, equino y aves de cualquier tipo; la forestación y reforestación de tierras, y la importación, exportación, distribución o comercialización de todo tipo de productos forestales. Que, a los fines de cumplir con el objeto social, AGROTANA S.R.L. esta facultada a realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del país las siguientes actividades: b) La compra, venta y arrendamiento de bienes inmuebles rurales. La Sociedad estará facultada para emitir y librar pagares, letras de cambio, bonos, warrant, obligaciones y certificados de deuda de todo tipo, garantizados mediante hipoteca, prenda u otro tipo de garantía, sin limites respecto al monto y a ejecutar los mismos por medio de hipoteca, prenda u otro medio. c) Comerciales: La compra, venta, distribución, importación, exportación, fraccionamiento, sea de tabaco, cereales, oleaginosas y toda otra clase de cultivos de origen vegetal y sus derivados e inclusive el ejercicio de comisiones, consignaciones, representaciones y mandatos respecto de toda clase de productos y/o derivados y/o subproductos relacionados con la agricultura y la ganadería vinculados con la explotación agropecuaria de los establecimientos agropecuarios de la sociedad; compra, venta y leasing de maquinarias agrícolas de toda naturaleza, herramientas mecánicas o no, fertilizantes, semillas, insecticidas, pesticidas, plaguicidas, materiales para el riego en todas sus variantes, alimentos balanceados, vacunas y medicamentos veterinarios de toda naturaleza y cuanto otro producto que se encuentre relacionado con la explotación agropecuaria o ganadera de los establecimientos agropecuarios de la sociedad. d) Industriales: Mediante la transformación, producción y elaboración de productos o mercaderías que contengan o sean derivadas de tabaco, cereales, oleaginosas o de toda otra clase de cultivos de origen vegetal, que se encuentre relacionado con la explotación agropecuaria de la sociedad a adquirir derechos, realizar contratos, tomar representaciones que se relacionen con su objeto, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por la leyes o por este contratos.

Sin más que agregar, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Act. Not. Nº A-00544639- ESC CLAUDIA ALICIA H. GONZALEZ, Tit. Reg. Nº 70.- MONTERRICO- JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 15 de febrero de 2008.-

DR. RAMON ANTONIO SOSA

Jefe de Mesa General de Entrada

Por Habilitación al Juzgado de Comercio

27 FEB. LIQ. Nº 70811 $ 52,70.-