BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 22/02/2008
MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL
En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los siete días del mes de Febrero del año dos mil ocho, entre Doña ESTER PROMADACHE, argentina, Documento Nacional de Identidad número 06.163.423, CUIT Nº 27-06163423-7, divorciada, domiciliada en Pasaje Francia Nº 1.096, de esta Ciudad, y Doña MONICA PATRICIA LOZANO, argentina, con Documento Nacional de Identidad número 24.101.141, CUIT Nº 27-24101141-6, casada en primeras nupcias con Don Mario Alberto Olmos, Docente, domiciliada en calle Reina Mora Nº 578, del Barrio Los Perales, de esta Capital, en sus caracteres de únicas Socias y Titulares del cien por ciento (100%) de las Cuotas de Capital de “PALUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, CUIT Nº 30-68736574-3, constituida por Contrato privado de fecha 11 de Diciembre de 1995, e inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 399, Acta Nro. 396, Libro I de S.R.L. y Registrado con copia, bajo Asiento Nro. 55 al Folio 305/306, del Legajo II Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles, en fecha 16 de Mayo de 1996; su Modificación del Contrato Social, suscripto privadamente en esta Ciudad, en fecha 1º de Junio de 1999, e inscripto en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, bajo Asiento Nº 25, al Folio 100/102, del Legajo II de Marginales del Reg. de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 13 de Agosto de 1999; Cesión de Cuotas Sociales, suscripta privadamente en esta Ciudad, en fecha 27 de Junio de 2003, registrada en el Registro Público de Comercio, bajo Asiento Nº 23, Folio 83/86, del Legajo VI de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 21 de Agosto de 2003; y Cesión de Cuotas Sociales, suscripta privadamente en esta Ciudad, en fecha 25 de Septiembre del año 2007, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia bajo Asiento 63, Folio 357/360, Legajo X, Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 11 de Octubre del año 2007.- Previamente Doña ESTER PROMADACHE presenta su renuncia al cargo de Gerente de la firma “PALUE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, por razones particulares, renuncia ésta que es aceptada por unanimidad de socios en este acto, y por lo tanto se resuelve también por unanimidad Modificar la Cláusula Séptima del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: “SEPTIMA: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por el Señor ANTONIO BENITO PUENTES, Documento Nacional de Identidad número 7.287.058, quien revestirá carácter de Gerente y durará en su cargo, un plazo de Once (11) años, a contar del día de la fecha; para el caso de renuncia o fallecimiento de éste, acreditado con el correspondiente certificado de defunción, se designa como Gerente Sustituto al Señor RENE VIDAL MARTINEZ, Documento Nacional de Identidad número 11.207.933, quién ejercerá dicho cargo con las mismas facultades y prerrogativas que el titular y por el plazo de duración antes establecido, o sea hasta la finalización del mandato del primero.- Tendrá todas las facultades de administrar y disponer de los bienes muebles e inmuebles de la sociedad con la limitación establecida más adelante, pudiendo realizar todo tipo de actos relacionados con el objeto social, incluyendo los que requieren poderes especiales, según el artículo 1881 del Código Civil y artículo noveno del Decreto 5963, podrá especialmente operar con toda clase de Bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas; dar y revocar poderes generales y/o especiales, judiciales y/o extrajudiciales, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, comprar, vender, ceder, permutar y gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles, y realizar todo hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.- Limitación: Para disponer, gravar o adquirir bienes inmuebles o bienes muebles cuyo registro han impuesto las leyes, será necesaria una autorización de la mayoría del Capital, asentada en el libro de acta de la sociedad”.- Quedan subsistentes y en plena vigencia, todas las demás cláusulas del contrato originario en cuanto no se modifique por la presente.- Presentes en este acto Don ANTONIO BENITO PUENTES, argentino, Documento Nacional de Identidad número 7.287.058, CUIT Nº 20-07287058-2, Contador Público Nacional; y Don RENE VIDAL MARTINEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 11.207.933, CUIT Nº 20-11207933-6, Contador Público Nacional; dicen: Que aceptan el cargo de Gerente y Gerente Sustituto respectivamente para el que fueron designados.- Las partes autorizan expresamente al Escribano Ernesto González de los Ríos y/o Juan Pablo González Cernuschi para que actuando indistintamente, realicen ante el Juzgado de Comercio de esta Provincia, todos los trámites y gestiones tendientes a la inscripción de la presente Modificación de Contrato Social.- En fé de lo cual se firman tres ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados ut-supra.-
ACT. NOT. Nº A 00558452. ESC. PUB. ERNESTO GONZALEZ DE LOS RIOS, titular del reg. Nº 13, S.S. de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de febrero de 2008.-
Dr. Ramón Antonio Sosa
Jefe de Mesa General de Entrada
Por Habilitación al Juzgado de Comercio
22 FEB. LIQ. Nº 70772 $ 52,70








