BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 14/03/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N° 18970 – 00 – 2.004.-
DECRETO N° 0159 . 05. 007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 FEB. 2.005
EL INTENDENTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4.190/2.004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 28 celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual se incorpora al Presupuesto Anual de Gastos y Recursos de la Municipalidad el rubro correspondiente a “GASTOS TRIBUTARIOS MUNICIPALES”, en el lado de las EROGACIONES CORRIENTES (Título específico en “transferencias”), y el rubro “RECURSOS NO PERCIBIDOS POR EXENCIONES TRIBUTARIAS”, en el lado de los RECURSOS (rubro específico en Recursos Corrientes).-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.190/2.004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
14 MARZO S/C







