BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 14/03/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE N°       18970  – 00 –  2.004.-
DECRETO   N°           0159 . 05. 007         .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 FEB. 2.005

 

EL INTENDENTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4.190/2.004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 28 celebrada el día 22 de Diciembre de 2.004, mediante la cual se incorpora al Presupuesto Anual de Gastos y Recursos de la Municipalidad  el rubro correspondiente a “GASTOS TRIBUTARIOS MUNICIPALES”, en el lado de las EROGACIONES CORRIENTES (Título específico en “transferencias”), y el rubro “RECURSOS NO PERCIBIDOS POR EXENCIONES TRIBUTARIAS”, en el lado de los RECURSOS (rubro específico en Recursos Corrientes).-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.190/2.004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

14 MARZO S/C