BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 30/11/2009

INGENIERÍA LEANDRO ALVAREZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 16 días del mes de noviembre del año dos mil nueve, entre el Sr. LEANDRO NÉSTOR ÁLVAREZ, mayor de edad, estado civil casado, argentino, de profesión Ingeniero, domiciliado en calle Moreno n.º 263 del Bº Yerba Buena de la Provincia de Tucumán, Documento Nacional de Identidad número 17.451.949 y el Sr. LEANDRO NÉSTOR ÁLVAREZ, mayor de edad, estado civil casado, argentino, de profesión educador, domiciliado en calle Urdininea n.º 138 de esta ciudad, Libreta de Enrolamiento número 4.481.073, a mérito del poder especial otorgado, oportunamente; acuerdan realizar la siguiente acta de asamblea unánime de modificación a la Cláusula Tercera del contrato social de INGLA Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme lo prescripto por la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550), conforme el texto siguiente: ARTÍCULO TERCERO: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o en participación con terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades. a) Minera: Desarrollar actividades mineras de exploración, investigación, prospección, explotación, acopio, desarrollo y extracción de sustancias minerales, cateos, deslindes, mensuras y vinculaciones geodésicas, realizar trabajos de clasificación trituración, molienda, pelletización, sinterización, briqueteo, calcinación, fundición, retinación y cualquier otro proceso de tratamiento de minerales; comprar, vender, representar, consignar, transportar, exportar e importar minerales y sus productos derivados, metales comunes, productos minerales con elaboración primaria y productos de las industrias químicas derivados de minerales; explotar plantas de tratamiento de minerales; proveer asesoramiento técnico y de materiales necesario para el desarrollo, aumento y perfeccionamiento en la productividad de las explotaciones mineras fabricación de equipos, piezas y repuestos para minería e industria en general y cualquier otro servicio que se preste como empresa consultora minera; b) elaboración, construcción, importación y exportación de insumos para la industria minera en general; alquiler de maquinarias, contratación de mano de obra, para la realización de los distintos tipos de obras descriptas en el inciso anterior; c) realizar estudios, proyectar, controlar, dirigir, licitar, ejecutar y financiar todo tipo de obra de ingeniería pública y/o privada relacionada con la actividad minera; d) Comerciales: compra y venta, representación, distribución y consignación de mercaderías y materias primas, patentes de invención y marcas nacionales y/o extranjeras, diseños y modelos industriales y/o comerciales para la actividad minera. No siendo para más se da por concluida la reunión con la aprobación y modificación del objeto social, y previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto.- ACT. NOT. Nº A 00684283, ESC. MARIA LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74, S.S. DE JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Noviembre de 2.009.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

P/ HABILITACION DE JUZGADO DE COMERCIO

30 NOV. LIQ. Nº 85221 $ 52,70.-