BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 16/11/2009
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 14, Expediente Nº B- 18.831/97, caratulado: “SOLICITA SU PROPIA QUIEBRA PELAGATTI, ANGELA MARIA”, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de Septiembre de 2009.- AUTOS Y VISTOS…CONSIDERANDO…RESUELVE: I.- Declarar la conclusión de la quiebra de la Sra. Ángela María Pelagatti, con el consiguiente cese de todos sus efectos patrimoniales y personales.- II.- Disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes de la Sra. Ángela María Pelagatti. III.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes, oficiar y publicar edictos por tres veces en cinco dias, en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación.- IV.- Hacer saber a la Sra. Ángela Maria Pelagatti que deberá acreditar el diligenciamiento de los oficios y la publicación de edictos dispuesta dentro de los quince dias de notificada la presente, bajo apercibimiento de considerar incumple el deber de colaboración y en consecuencia imponerle una multa diaria de $ 20. V.- Acreditado el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado IV de la presente, archívese la causa por haber concluido.- Firmado: Dra. Amalia Inés Montes, Juez, ante mi: Procuradora Maria Angela Pereira, Stria. a cargo.- Publiquese en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación local por DOS DIAS.- Secretaria, 10 Septiembre de 2009.-
16/20 NOV. LIQ. N 85123 $ 20,50.-








