BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 13/11/2009
DRA. MARISA E. RONDON, Juez Habilitado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaría Nº 5, de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-178458/07 Caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: MAS VENTAS S.A. COMPAÑÍA FINANCIERA C/ POLLI ERNESTO ELIAS, hace saber al SR. POLLI ERNESTO ELIAS el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: / / / SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de mayo del 2008.- 1- Téngase por expedita la vía ejecutiva. De conformidad con lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO al demandado SR. POLLI ERNESTO ELIAS, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS ($ 624,08.-) que se reclama en concepto de capital, con más la de PESOS ($ 312.-), calculadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes muebles de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- En el mismo acto requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún otro gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de los acreedores prendarios o Juez embargante.- En el mismo acto, cíteselo de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-Córrase TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo señalado se intimará a la Demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS., del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil.- A tal fin publíquense edictos en el boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días. DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi Público Despacho en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 19 días del mes de AGOSTO del Año Dos Mil Nueve.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaria: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de agosto de 2.009.-
09/11/13 NOV. LIQ. Nº 85033 $ 20,50.-








