BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 13/11/2009

MODIFICACIÓN ESTATUTARIA

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los siete días del mes de septiembre del año 2009, las Señoras GUTIÉRREZ, VANESA GABRIELA, DNI Nro. 28.175.494 y GIMÉNEZ, GERALDINA GEORGINA, DNI Nro. 29.404.308, se reúnen en el domicilio sito en calle 14 de Abril s/n del Bº Cerro Las Rosas, en Asamblea de Socios, a los fines de tratar el siguiente Orden del Día: 1ro: Aclarar nombre de la Sociedad.- 2do: Modificación de Objeto Social.- Abierto el debate, y atento el primer punto del orden del día, las partes dejan en claro el nombre con el cual va a girar la sociedad por ellas constituida, por lo que se modifica la CLÁUSULA 1ra del Contrato Social constitutivo, quedando la misma redactada de la siguiente manera: PRIMERA: Denominación: La sociedad funcionará con la denominación de VEINTE VEINTE PRODUCCIONES S.R.L. Siguiendo el Orden del Día establecido, y conocedores de la necesidad de subsanar el objeto social fijado en el contrato constitutivo, a los fines de estar a derecho, las socias resuelven modificar la cláusula CUARTA, quedando redactada de la siguiente manera: CUARTA: Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: explotación de locales con modalidad “Pub”, Confitería Bailable con Espectáculo, Restaurante con espectáculo, Boliche Bailable, Contratación de grupos musicales, Peña Folclórica, Presentación de espectáculos musicales, etc., explotación de agencias de publicidad grafica y/o radial. Pudiendo establecer al efecto nuevos locales y sucursales, comprar y vender bienes muebles e inmuebles, marcas de comercio, de fábrica, patentes de invención, procesos industriales y cualquier otra clase de útiles y cualquier otro valor cotizable o no en la Bolsa de Comercio y todo acto de comercio lícito relacionado con el objeto social. Para la realización del objeto social, la Sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes, sin restricción alguna, sean de naturaleza civil, comercial, penal, administrativos, judicial o de cualquier otra que se relacione directa o indirectamente con el objeto societario.-

No siendo para mas, se da por finalizada la Asamblea en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de Septiembre de 2009.- ESC. MARIA E. VARGAS, TIT. REG. Nº 57, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 21 de Octubre de 2009.-

Dr. RAMON ANTONIO SOSA

P/HABILITACION AL

JUZGADO DE COMERCIO

13 NOV. LIQ. Nº 85106 $ 52,70.-