BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 11/11/2009

CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL – SALA II VOCALIA DR. JORGE DANIEL ALSINA, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el expte. B-172811/07 caratulado “MAS VENTAS S.A. c/ PARRA MOLINA CANDELA” se ha dictado el siguiente Decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Junio de 2007.- Por presentado el Dr. EKEL MEYER por constituido domicilio legal, en nombre y representación de la razón social MAS VENTAS S.A. COMPAÑÍA FINANCIERA, mérito de la fotocopia Poder General para Juicios que debidamente juramentada se acompaña a fs. 2/4.- De la demanda ordinaria interpuesta córrase TRASLADO al accionado MARIA CANDELA PARRA MOLINA, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la conteste en el término de QUINCE DIAS hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- Intimase al accionado para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones – cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- Notificaciones en secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese por Edictos al accionado debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial y un diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Fdo. DR. DANIEL JORGE ALSINA – Vocal Ante mi: Dra. OLGA IVACECICH – Secretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de abril de 2009.-

09/11/13 NOV. LIQ. Nº 85030 $ 20,50.-