BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 28/12/2009

EL CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY

A elecciones para la renovación total de Delegados de Distrito correspondiente a los Distritos electorales en que se divide la Provincia de Jujuy. Esta convocatoria a elecciones se realiza en cumplimiento con lo que dispone el Artículo 9º de la Ley 4177/86 y lo establecido en el Artículo 171º del Decreto 4898-BS-86, y se llevarán a cabo el día Jueves 29 de Abril del 2010 desde horas 08:00 y hasta horas 18:00.- La recepción de las Listas presentadas por cada Distrito, se efectuará hasta treinta días antes del acto comicial, debiendo contar con el consentimiento por escrito de cada uno de los integrantes, y cumplimentar además las calidades expresadas en el Artículo 170º de la Reglamentación respectiva. LA MESA DIRECTIVA

Se transcribe Art. 170º del Decreto 4898-BS-86 que dice: “Tanto los Delegados de Distrito como los Miembros de la Mesa Directiva electos requieren para el ejercicio de sus funciones tres años de antigüedad en el ejercicio profesional e igual plazo de inscripción de la matrícula en la Provincia de Jujuy”.-

28 DIC. LIQ. Nº 85943 $20,50.-