BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/2009
ESCRITURA NUMERO TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (357).- PROTOCOLO “A”.- PRORROGA DE PLAZO – FARMACIA INSTITUTO DEL NORTE S.C.S.- En la ciudad de San Pedro de Jujuy, Capital del Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los siete días del mes de Diciembre del año dos mil nueve, ante mí:- Olga Olivia Otero, Escribana Nacional, Titular del Registro Notarial N° 14, comparecen los señores HECTOR JULIO BARRERA, argentino, Libreta de Enrolamiento N° 8.518.551, CUIT /CUIL N° 23-08518551-9, casado en primeras nupcias con Juana Rosa GONZALEZ, con domicilio legal en calle Velez Sarsfield N° 112 de esta ciudad, y la señorita CAROLINA FABIANA LAFUENTE, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 22.715.919, CUIT /CUIL N° 27-227 15919-2, soltera, de profesión farmacéutica, domiciliada en avenida 25 de Mayo Nº 66 – Barrio 14 de Abril de esta ciudad.- Ambos comparecientes son personas capaces, mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fé y dicen:- Que son únicos integrantes de la razón social FARMACIA INSTITUTO DEL NORTE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, con domicilio legal en calle Vélez Sarsfield Nº 112 de esta ciudad de San Pedro de Jujuy, conforme a la documentación que más adelante se relacionarán, y seguidamente expresan:- Que la referida Sociedad en Comandita Simple se encuentra constituída a la fecha por los señores Héctor Julio BARRERA – socio comanditario – y la señorita Carolina Fabiana LAFUENTE – socia comanditada, a mérito de:- a) Escritura Pública Nº 396 de fecha 06 de Diciembre de 2002, de Contrato Constitutivo de Farmacia Instituto Del Norte S.C.S., inscripta en el Registro Público de Comercio al folio 118, Acta N° 115 del Libro I de Farmacias y Droguerías, y registrada bajo Asiento Nº 5, Folios 40 /43 al Legajo IV del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, con una duración de diez (10) años, contados éstos a partir de la referida inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy; b) Escritura Pública Nº 194 de fecha 25 de Junio de 2004 de Cesión de Cuotas Sociales y Prórroga de Plazo, inscripta en el Registro Público de Comercio en Asiento N° 11, folios 60 /62 del Legajo V del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías en fecha 25 de Agosto de 2004; c) Escritura Pública Nº 277 de fecha 17 de Setiembre de 2004 de Cesión de Cuotas Sociales, inscripta en el Registro Público de Comercio al Asiento N° 16, folios 90 /92 del Legajo V de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías el 21 de Diciembre de 2004, y d) Escritura Pública Nº 216 de fecha 06 de Junio de 2006 de Cesión de Cuotas Sociales, inscripta en el Registro Público de Comercio al Asiento N°15, folios 90 /91 del Legajo VII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías el 28 de Julio de 2006, todas autorizadas por ante el Registro Notarial a mi cargo, cuyas fotocopias debidamente autenticadas agrego al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura, doy fé.- Que conforme lo aprobado por Actas de Asamblea de Socios de fechas 13 de Julio de 2009 y 10 de Noviembre de 2009, cuyos originales tengo a la vista y en fotocopias autenticadas agrego al Legajo de Comprobantes, por este acto, los socios, señores Héctor Julio BARRERA y la señorita Carolina Fabiana LAFUENTE, atento el vencimiento del plazo de duración de la sociedad – y conforme lo admitido por el art. 95 de la Ley 19550 – vienen a otorgar la RECONDUCCION SOCIETARIA y correspondiente reforma del contrato social de Farmacia Instituto Del Norte SCS., bajo las siguientes condiciones:- PRIMERA:– Declarar reconducida la sociedad, cuyo plazo contractual de duración venciera el pasado 10 de Julio de 2009, atento no haber efectuado acto liquidatorio alguno.- SEGUNDA:– Declarar el propósito de la reconducción motivado en la necesidad de recuperar la plenitud jurídica de la sociedad, continuando con el giro de los negocios sociales de manera habitual, en razón de lo cual, establecen un plazo de duración social de DIEZ (10) AÑOS contados a partir de la fecha de inscripción de la presente reconducción societaria en el Registro Público de Comercio de esta Provincia.- TERCERA:– Sin perjuicio de lo precedente, los socios formulan expresa ratificación y aprobación a todas las operaciones y negocios sociales realizados a nombre de Farmacia Instituto Del Norte SCS. desde el vencimiento operado del plazo y hasta el día de la fecha.- CUARTA:- Consecuentemente, queda reformado el artículo SEGUNDO:- del referido contrato social en los siguientes términos:- “Plazo:- se fija el plazo de duración de la sociedad en diez (10) año a partir de la suscripción del presente instrumento, el que podrá ser prorrogado por períodos idénticos o superiores, dispuesto por unanimidad en Asamblea General de Socios y con expresa toma de razón de ello en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy”, facultándose a la Escribana autorizante para que realice ante el Registro Público de Comercio, todas las tramitaciones y diligencias necesarias para lograr la inscripción de la presente escritura.- Previa lectura y ratificación firman como acostumbran hacerlo por ante mí que doy fé.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 6 y 14 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Diciembre de 2.009.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
P/ HABILITACION DE JUZGADO DE COMERCIO
23 DIC. LIQ. Nº 85923 $ 52,70.-








