BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/2009

DR. JORGE DANIEL ALSINA – Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-206.025/09 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: BUSIGNANI ALBERTO SERGIO C/ VARGAS CESAR MANUEL” se ha dictado el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 DE AGOSTO DE 2009. Proveyendo al escrito de fs. 46/54: De la demanda ordinaria interpuesta y su ampliación, córrase traslado al demandado CESAR MANUEL VARGAS, para que la conteste dentro del término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho, si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.). En idéntico plazo que el precedentemente fijado del demandado deberá constituir domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento notificarle las posteriores resoluciones, cualquiera sea su naturaleza, por Ministerio de la Ley. Notificaciones en Secretaria los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. JORGE DANIEL ALSINA – Vocal Por ante Mí Ana Lorente Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES en Cinco (5) DIAS. SECRETARÍA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de noviembre de 2009

16/18/21 DIC. LIQ. Nº 85850 $ 20,50.-