BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 14/12/2009

ACTAS

ACTA.– En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de julio de dos mil nueve, se reúnen en su sede social, siendo horas diecinueve, los señores socios de GLOBAL S.R.L., Raúl Esteban Zarif, Jorge René Zarif, Salvador Armando Meyer, quienes en conjunto conforman el cien por ciento del capital social.- En primer término hace uso de la palabra Raúl Esteban Zarif, quien expone que resulta necesario precisar el objeto social de la firma en razón del giro que han tomado los negocios en la actualidad. En este sentido afirma que la creciente inserción de la tarjeta de crédito que desarrolla la sociedad en el mercado local conlleva a que se incremente la complejidad en la administración de la misma; esta situación exige también que se brinden mayores y mejores servicios además de los que actualmente se ofrecen tanto a los clientes como a los comercios adheridos. Ante tales exigencias resulta conveniente que estatutariamente la sociedad se encuentre expresamente facultada para administrar o disponer de carteras de créditos o celebrar contratos de fideicomiso, entre otras operaciones. Por otra parte, se ha recibido la inquietud de numerosos clientes de GLOBAL, quienes manifiestan su interés no solo en la financiación a través de la utilización del plástico, sino también mediante el otorgamiento de créditos en efectivo. Ante la situación descripta y si bien el artículo 3º del contrato constitutivo de la sociedad contempla la posibilidad en sentido amplio de formalizar todo tipo de actos conforme al objeto social, a los fines de precisar los mismos propone la modificación de la referida disposición según lo anteriormente expuesto. Puesta a consideración la propuesta es aprobada por unanimidad, procediendo a modificar el objeto social en su Artículo 3º, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º.- La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero las siguientes actividades: – Emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo su pago. Adquirir franquicias o derechos de comercialización de tarjetas de crédito internacionales o locales. – Explotar tarjetas de crédito, asumiendo el rol de organizadora o administradora del sistema. – Celebrar con otras personas físicas o jurídicas, contratos para que éstas asuman las obligaciones propias de los sistemas de tarjeta de crédito respecto de los usuarios y proveedores. – Otorgar créditos en forma directa o a través de terceros. – Administrar, asesorar y disponer de créditos, carteras de créditos y/o bienes, propios y de terceros, ya sea como mandante, cedente, mandatario, cesionario, asesor, fiduciante, fiduciario o cualquier otra figura. A los fines indicados, la Sociedad tiene plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se realicen conforme el objeto social, tales como la constitución y administración de patrimonios y fideicomisos, la cesión de créditos en titularidad, garantía o administración, la captación de inversiones, y/o cualquier otro acto que facilite, mejore, o se relaciones directa o indirectamente con la actividad que desarrolla.” Acto seguido se comisiona al abogado Agustín Ontiveros, quien queda facultado para gestionar la inscripción de las modificaciones del contrato social en el Registro Público de Comercio. No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión siendo las diecinueve y cincuenta horas del día de la fecha, previa lectura y ratificación de la presente, firman los socios de conformidad. ACT. NOT. Nº A 00662534, ESC. Maria Alejandra Mendoza, ads. Nº 57, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial, por un día de conformidad con el art. l0 de la ley l9550.

San Salvador de Jujuy, 07 de diciembre de 2.009.

Dr. Ramón Antonio Sosa

P/habilitación al Juzgado de Comercio

14 DIC. LIQ. Nº 85830 $ 101,70.-