LEY Nº 3245

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3245

 

ARTICULO 1º.- Declárase a la firma INCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL exenta de impuestos, derechos y contribuciones provinciales creados o a crearse, por un lapso de DIEZ (10) años, beneficio que se entiende específicamente referido a los bienes, actos, contratos y operaciones que la misma integre o realice en relación con el proyecto de construcción, instalación, puesta en marcha y explotación de una planta industrial de elaboración de cajas de cartón corrugado motivo del contrato suscripto con fecha 7 de noviembre de 1975 y aprobado por Decreto Nº 5979-H-75.
ARTICULO 2º.- La exención concedida por el artículo anterior lo es a partir del 7 de noviembre de 1975, fecha del contrato, y no alcanza a las tasas retributivas de servicios, las que deberán ser abonadas conforme a las normas en vigor.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Diciembre de 1975.-

 

JULIO FRIAS

Secretario Gral. Parlamentario

 

RUDY O. BANDI

Vicepresidente 1º

 

 

 

 

 

 

 

Sancionada 16/12/1975

Publicado en BO Nº 12 de fecha 28/01/1976