BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 26/10/2009
Por la presente se hace saber que en el Expte. Nº B- 20623/09 caratulado: “JUICIO DE FILIACION ADRIANA MABEL ARRAYA c/ LEONARDO MATIAS VILLAROEL” Radicado en el Tribunal de familia vocalia Nº V se ha dictado el siguiente proveído que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Junio de 2.009.- Por presentado el Dr. RODRIGO MACHADO, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de ADRIANA MABEL ARRAYA, a mérito de la Carta Poder para Juicios que acompaña. Dése a la presente acción de Filiación, el trámite del juicio ordinario escrito previsto por el art. 370 y sgtes. Del C.P.C.- Agréguese la documentación que se acompaña y téngase presente para su oportunidad.- Atenta la demanda incoada en contra del Sr. LEONARDO MATIAS VILLARROEL, de la misma traslado al accionado con las copias pertinentes, en el domicilio denunciado para que la conteste en el término de QUINCE DIAS; bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de tenerla por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C.- Intímasele asimismo, para que en igual término constituya domicilio dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal de Familia, Vocalia Nº V, sito en calle Coronel Puch Nº 625 de esta ciudad, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C.- Oportunamente dése intervención al Ministerio de Menores e Incapaces. Notificaciones en secretaria los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Actuando el primer párrafo del art. 72 del C.P.C, impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias respectivas para su posterior control y firma del Juzgado, el que deberá presentarse en Secretaria en el término de cinco dias. Notifiquese por cédula. SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Octubre de 2009. Atento lo peticionado notifiquese el decreto de fs. 9 al SR. Leonardo Matías Villarroel DNI Nº 21.666.528 mediante edictos, debiéndose publicar Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco dias. Actuando en el primer párrafo del art. 72 del CPC, impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias respectivas para su posterior control y firma del Juzgado, el que deberá presentarse en Secretaria en el termino de cinco dias. FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIRREZ- JUEZ- ANTE MÍ: DRA. MARIA FLORENCIA CARRILLO- Secretaria.-
28/30 OCT. 04 NOV. LIQ. Nº 85002 $ 20,50.-








