BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 16/10/2009

DRA. CLAUDIA ELINA BLANCO, Secretaria de la Sala II del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, en el Expte N° B-171115/07, caratulado: Demanda Laboral RODRIGO ARIEL ESQUIVEL c/ JORGE BAIZ GUITIAN”, procede a expedir el siguiente: EDICTO. El Dr. Enrique Daniel Guzmán, Vocal Presidente de trámite, Secretaria a cargo de la Dra. Claudia Elina Blanco, hace saber que: //SALVADOR DE JUJUY 24 de agosto de 2009. Previo a todo trámite notifíquese por edictos la providencia de fs. 82, los cuales deberán ser publicados por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y en un diario de circulación local. Se faculta al Dr. Rodrigo Machado y/o persona que el designe a correr con el diligenciamiento de los edictos pertinentes, los cuales gozan del beneficio de justifica gratuita de acuerdo a lo dispuesto por el art. 24 del CPT (fuero del trabajo-imprenta del estado 1949, págs. 93 y 94). No habiendo sido notificado en persona el demandado, dése intervención del Defensor en Pobres que por turno corresponda. FDO. DR. ENRIQUE GUZMÁN. PTE. DE TRÁMITE. ANTE MI DRA. CLAUDIA BLANCO. SECRETARIA.- Providencia de fs. 82:// Salvador de Jujuy, 07 de abril de 2009. Atento al informe que antecede, y estando vencido el plazo para contestar la demanda por parte de JORGE BAIZ GUITIAN, sin que lo haya hecho, téngasela por contestada en los términos del art. 51 del C.P.T. No habiéndose constituido el domicilio legal, se tendrán por realizadas las notificaciones a quienes lo omitieron por Ministerio de ley (art. 22 del CPT). Llámese autos para sentencia. Notifíquese por cédula. FDO. DR. ENRIQUE GUZMAN, Pte. De trámite. Ante mi DRA. CLAUDIA BLANCO, Secretaria.

16/19/21 OCT. S/C.-