BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/2009
Dr. CARLOS MARCELO COSENTINI, Pte. de Trámite, en la Vocalia Nº 7 de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-108556/03, caratulado: “ORDINARIO POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA: HECTOR RENE VILTE Y MARIA TERESA DE JESUS VILTE DE PACHECO C/ IRENE BUSTAMANTE y/o quienes se consideren con derecho”, hace saber a la Sra. IRENE BUSTAMANTE, que se ha dictado la siguiente resolución: “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 03 días del mes de Julio del año dos mil nueve, la SALA TERCERA DE LA CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, RESUELVE: Hacer lugar a la demanda entablada por los Sres. MARIA TERESA DE JESUS PACHECO DE VILTE Y HECTOR RENE VILTE quienes han adquirido el inmueble ubicado en calle Florida- entre calles Sarmiento y Belgrano- del pueblo de Pumamarca, Departamento Tumbaya, Provincia de Jujuy, individualizado como Parcela: Cinco, Manzana: Diez, Circunscripción: Dos, Sección: Uno, Padrón H-Cincuenta y cinco, Matricula Registral: H-Novecientos cuarenta y cinco; que mide veintiún metros cincuenta centímetros de frente por veinticinco metros ochenta centímetros de fondo. En consecuencia ordenase registrar en la Dirección General de Inmuebles de la Provincia, debiéndose anotar los limites, conformaciones y medidas, conforme al plano de prescripción aprobado, y publicarse edictos en el Boletín Oficial y un diario local en las mismas condiciones previstas en los arts. 531 y 532 del C.P.C. (art. 541-Ley 5486), los que se exhibirán y trasmitirán conforme art. 535 mismo digesto.-2) Las costas se imponen por el orden causado.- 3) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad.- 4) Regístrese, agréguese copia en autos, notifiquese por cédula, desé intervención a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas”. Fdo: DR. CARLOS M. COSENTINI- Pte. de Tramite- Vocales Dres. NORMA B. ISSA e ISIDRO ARZUD CRUZ (habilitado)- Ante mi: Sr. SERGIO W. GARCIA- SECRETARIO.- Notifíquesela del proveído mencionado, mediante edictos, los que se publicarán en un diario local y en el Boletín Oficial, por tres veces en cinco dias. Se hará constar que los plazos se computaran a partir del décimo dia de la última publicación (art. 162 del C.P.C.).- SAN SALVADOR DE JUJUY, SEPTIEMBRE 02 DEL 2.009.-
30 SEPT. 02/05 OCT. LIQ. Nº 83794 $ 20,50.-








