LEY Nº 3233

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3233

 

ARTICULO 1º.- Apruébase las Ordenanzas Nº 131, 132 y 133 de la Municipalidad de la Ciudad de Libertador General San Martín.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de Octubre de 1975.-

 

QUINTÍN FLORES

Secretario Gral. Administrativo

 

ALFREDO L. BENITEZ.

Presidente

 

 

 

 

 

 

 

 

Sancionada 08/10/1975

Publicado en BO Nº 125 de fecha 05/11/1975