LEY Nº 3233
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3233
ARTICULO 1º.- Apruébase las Ordenanzas Nº 131, 132 y 133 de la Municipalidad de la Ciudad de Libertador General San Martín.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de Octubre de 1975.-
QUINTÍN FLORES
Secretario Gral. Administrativo
ALFREDO L. BENITEZ.
Presidente
Sancionada 08/10/1975
Publicado en BO Nº 125 de fecha 05/11/1975