LEY Nº 3231

 

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3231

ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el CONTRATO DE PRÉSTAMO celebrado con fecha 4 de julio de 1975 entre la Provincia de Jujuy, el Consejo Federal de Inversiones por el que se amplía hasta la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 1.600.000.-) el préstamo concertado entre las partes con fecha 14 de diciembre de 1974, y se establece que los recursos de este préstamo ampliatorio se destinarán a complementar la cooperación financiera del Fondo Federal de Inversiones con el Programa Materno Infantil de la Provincia de Jujuy.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Agosto de 1975.-

 

JOSE I. LOPEZ IRIARTE

Secretario Gral. Parlamentario

 

RUDY O. BANDI

Vicepresidente 1º

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sancionada 29/08/1975

Publicado en BO Nº 107 de fecha 24/09/1975