LEY Nº 3231
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3231
ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el CONTRATO DE PRÉSTAMO celebrado con fecha 4 de julio de 1975 entre la Provincia de Jujuy, el Consejo Federal de Inversiones por el que se amplía hasta la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 1.600.000.-) el préstamo concertado entre las partes con fecha 14 de diciembre de 1974, y se establece que los recursos de este préstamo ampliatorio se destinarán a complementar la cooperación financiera del Fondo Federal de Inversiones con el Programa Materno Infantil de la Provincia de Jujuy.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Agosto de 1975.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE
Secretario Gral. Parlamentario
RUDY O. BANDI
Vicepresidente 1º
Sancionada 29/08/1975
Publicado en BO Nº 107 de fecha 24/09/1975